III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-9767)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVI Convenio colectivo de Control y Montajes Industriales CYMI, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Viernes 11 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 71738

42. Jubilación.
Artículo: Suspendido.
43.

Plan de igualdad.

La empresa Control y Montajes Industriales, CYMI, SA, tiene negociado un Plan de
Igualdad, un Protocolo de Acoso Sexual y Laboral y un Código de actuación, acordado
entre Representación Legal de los Trabajadores y la Empresa y publicado en el XII
Convenio Colectivo de la empresa Control y Montajes Industriales, CYMI, SA, Este plan
será registrado en el registro estatal de Convenios Colectivos (REGCON) dependiente
del Ministerio de trabajo
44.

Resolución de conflictos.

Las partes firmantes del presente Convenio pactan expresamente el sometimiento a
los procedimientos de Mediación del Servicio Inter Confederal de Mediación y Arbitraje
(SIMA) para la resolución de conflictos laborales de índole colectivo o plural, que
pudieran producirse así como de carácter individual no excluidos expresamente de las
competencias del SIMA, como trámite procesal previo obligatorio a la vía judicial a los
efectos establecidos en la L.R.J.S., incluidos aquellas discrepancias que pudieran surgir
para la no aplicación de las condiciones de trabajo que establece el artículo 82.3 del
Estatuto de los Trabajadores.
Serán también objeto de sometimiento específico a los procedimientos de mediación
y en su caso arbitraje de las Comisiones Técnicas del SIMA, cualquier supuesto derivado
de violencia de género, al igual que, las discrepancias y conflictos que se produzcan en
materia de prevención de riesgos laborales y salud laboral.
En aquellos casos, que existan discrepancias que afecten exclusivamente a centros
de trabajos concretos radicados en una determinada comunidad Autónoma, el organismo
mediador será el equivalente en dicha Comunidad.
ANEXO I.A
Tablas salariales mínimas
1.

Personal mensual

1.a) Personal de oficinas.

Ingeniero Arquitectos, licenciados.

17.314,65

Peritos, Ingenieros Técnicos, Diplomados, técnicos medios y TNT.

15.583,11

Jefe 1.ª administrativo.

15.583,11

Delineante proyectista.

14.190,14

Jefe 2.ª administrativo.

13.851,96

Delineante 1.ª, técnico Organización 1.ª.

13.300

Oficial 1.ª administrativo.

13.300

Delineante 2.ª, Técnico organización 2.ª Oficial Administrativo 2.ª y analista de
laboratorio.

13.300

Telefonista.

13.300

Auxiliar administrativo; auxiliar de Laboratorio, Reproductor planos.

13.300

Almacenero y Ordenanza.

13.300

cve: BOE-A-2021-9767
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