III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Dominio público hidráulico. (BOE-A-2021-9777)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, O.A., por la que se establece el plazo de presentación de las solicitudes de autorización de siembra en terrenos de dominio público hidráulico, así como el periodo de vigencia de dichas autorizaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Viernes 11 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
9777

Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Confederación Hidrográfica del
Tajo, O.A., por la que se establece el plazo de presentación de las solicitudes
de autorización de siembra en terrenos de dominio público hidráulico, así
como el periodo de vigencia de dichas autorizaciones.

Por resolución del Presidente de este Organismo de 24 de enero de 2006 con motivo
de la problemática suscitada en relación con la tramitación de las autorizaciones de
siembras en zona de dominio público hidráulico, se estableció un plazo de presentación
y su periodo de vigencia.
En dicha resolución se establecía que: «Considerando que según el artículo 23 del
Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de Aguas, son funciones de este Organismo de cuenca la administración y
control del dominio público hidráulico; y entre sus atribuciones está, a tenor del artículo
24 a) del citado Texto Refundido, el otorgamiento de las autorizaciones referentes al
dominio público hidráulico. Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 72.3. del
Reglamento del Dominio Público Hidráulico, para una mejor ordenación de este uso.
De conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Real Decreto 927/1988, de 29
de julio,
Esta Confederación Hidrográfica del Tajo resuelve:
Establecer los siguientes plazos de solicitud y vigencia de las autorizaciones de
siembras en zona de dominio público hidráulico, en el ámbito territorial de esta cuenca
hidrográfica:
– Para el año agrícola 2005-2006, el plazo de presentación de solicitudes finalizará
el 31 de marzo del presente año 2005; y su periodo de vigencia será del 1 de octubre
de 2005 al 30 de septiembre de 2006.
– Para los años agrícolas siguientes al 2005-2006, el plazo de presentación de
solicitudes será del 1 de enero al 31 de marzo de ese año; y su periodo de vigencia será
del 1 de octubre de ese año al 30 de septiembre del siguiente.»

Esta Confederación Hidrográfica del Tajo, en virtud de lo establecido en los
artículos 24 y 30 del Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, con informe del Área de Régimen de
Usuarios y a Propuesta de la Comisaria de Aguas, resuelve:
Primero.
El plazo de presentación de solicitudes será del 1 de enero al 31 de marzo de cada
año, debiendo indicar en la misma el ciclo vegetativo, es decir, la campaña agrícola para
la que se solicita la autorización de siembra en terrenos de dominio público hidráulico.

cve: BOE-A-2021-9777
Verificable en https://www.boe.es

En el transcurso de los años se ha notado en las solicitudes de dichas autorizaciones
el desconocimiento general de dichos plazos, provocando por ello que muchas de las
solicitudes se reciban fuera de plazo, afectando especialmente a las presentadas en
competencia, por lo que es conveniente dictar nueva resolución estableciendo
nuevamente dichos plazos y periodos de vigencia, en consecuencia: