III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. (BOE-A-2021-9759)
Resolución de 1 de junio de 2021, de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, por la que se resuelven solicitudes de Letrados de la Administración de Justicia, sobre reconocimiento del mérito preferente del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial y del Derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas, a efectos de concursos de traslados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Viernes 11 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
9759

Resolución de 1 de junio de 2021, de la Dirección General para el Servicio
Público de Justicia, por la que se resuelven solicitudes de Letrados de la
Administración de Justicia, sobre reconocimiento del mérito preferente del
conocimiento oral y escrito de la lengua oficial y del Derecho propio de
determinadas Comunidades Autónomas, a efectos de concursos de
traslados.

La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, dispone en el artículo 450.4
que en aquellas Comunidades Autónomas que gocen de derecho civil, foral o especial, y
de idioma oficial propios, el conocimiento de los mismos se valorará como mérito. Y el
artículo 109 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales establece que en la
resolución de los concursos para la provisión de destinos en territorio de las
Comunidades Autónomas cuyos Estatutos de Autonomía reconocen la oficialidad de una
lengua propia distinta del castellano y de las que poseen Derecho propio se tendrá en
cuenta el reconocimiento de méritos por la acreditación de dichos conocimientos y
establece el procedimiento y la forma de valoración de los mismos.
Esta Dirección General de conformidad con lo dispuesto en las referidas normas, ha
resuelto:
Primero.
Aprobar las propuestas en relación con las solicitudes presentadas por miembros del
Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en las que interesan se les
reconozca el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de
determinadas Comunidades Autónomas, lo que supondrá un reconocimiento a los solos
efectos de concursos de traslados de una puntuación máxima equivalente a tres años de
antigüedad, según el nivel de conocimiento, valorándose de la siguiente manera:
Nivel elemental: 1 año.
Nivel medio: 2 años.
Nivel superior: 3 años.
Segundo.
Aprobar las propuestas en relación con las solicitudes presentadas por miembros del
Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en las que interesan se les
reconozca el mérito del conocimiento del Derecho propio de determinadas Comunidades
Autónomas, lo que supondrá un reconocimiento a los solos efectos de concursos de
traslados de una puntación equivalente a un año de antigüedad.

Notificar el texto íntegro de la Resolución a los interesados publicando en el «Boletín
Oficial del Estado» las relaciones de solicitantes a los cuales les ha sido reconocido el
mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua propia de determinadas Comunidades
Autónomas (anexo I) y/o el mérito del conocimiento del Derecho propio de determinadas
Comunidades Autónomas (anexo II).

cve: BOE-A-2021-9759
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.