II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-9664)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
28 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Jueves 10 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 70889

conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de medidas de protección integral frente a la violencia de género.
g. Documentación acreditativa del nivel de idioma español. Los aspirantes que no
posean la nacionalidad española y estén exentos de realizar la prueba previa de
acreditación de conocimiento del castellano, deberán adjuntar la correspondiente
justificación documental de poseer alguno de los títulos o certificados que se indican a
continuación:
– Diploma de español nivel B2 o superior, de conformidad con el Real
Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español
como lengua extranjera, o certificación académica que acredite haber superado todas las
pruebas para la obtención del mismo.
– Certificado de Nivel Avanzado o equivalente en español para extranjeros,
expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
– Título de Licenciado en Filología Hispánica, Románica o grado equivalente o
certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios conducentes a la
obtención de alguno de dichos títulos.
– Certificado de haber superado la prueba de conocimiento de castellano en el
mismo nivel o superior en convocatorias de procesos selectivos de esta Universidad.
– Título alegado para participar en la presente convocatoria emitido por el Estado
español.
Aquellos aspirantes que tengan que acreditar el conocimiento del castellano y no
adjunten alguno de los documentos justificativos señalados con anterioridad, deberán
realizar la prueba de acreditación de conocimiento del castellano, cuyo procedimiento se
detalla en el anexo III.
3.7 Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser expedidos por las
autoridades competentes y legalizados cuando proceda. Los documentos deberán ir
acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al español.
3.8 Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las
representaciones diplomáticas y consulados españoles correspondientes, quienes las
remitirán seguidamente al Registro General de la Universidad Politécnica de Cartagena.
3.9 Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera, pertenecientes al
Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, estarán exentos de presentar la
documentación exigida en la letra b) del apartado 3.6 de este artículo, que será sustituida
por certificación extendida por el órgano competente de la Administración de la que
dependieran para acreditar su condición y servicios.
Admisión de los aspirantes.

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de
quince días hábiles, el Vicerrector de Profesorado y Promoción Institucional de la
Universidad Politécnica de Cartagena (en adelante Vicerrector) dictará resolución
aprobando la relación provisional de los aspirantes admitidos y excluidos. Esta relación,
así como las causas de exclusión, se publicarán en el tablón oficial electrónico de la
Universidad Politécnica de Cartagena (https://sede.upct.es) y en la dirección electrónica
indicada en la base 3.1.
4.2 Contra esta resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el
Vicerrector en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la
publicación de la Resolución en el Tablón Oficial Electrónico de la UPCT, para alegar
frente a la misma o en su caso subsanar el defecto que haya motivado su exclusión de la
relación de admitidos y excluidos.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Vicerrector
dictará resolución aprobando la relación definitiva de los aspirantes admitidos y
excluidos, que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra esta

cve: BOE-A-2021-9664
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.