II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-9662)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Universidad de Alicante, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Jueves 10 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 70845

La Universidad de Alicante, comprometida con el principio de igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres, anima especialmente al colectivo
infrarrepresentado en las distintas áreas a concursar a las plazas de esta convocatoria
donde existe dicha infrarrepresentación.
De acuerdo con la Resolución de 7 de mayo de 2021 (DOGV de 12 de mayo), a los
efectos del cómputo de plazos recogidos en esta convocatoria, el mes de agosto
de 2021 se considerará inhábil.
2.ª

Requisitos de las candidatas o candidatos

Para ser admitidas o admitidos a este concurso de acceso se deberán reunir los
siguientes requisitos, cuyo cumplimiento debe estar referido a la fecha de expiración del
plazo fijado para la presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión:
2.1

Requisitos generales:

2.1.1 Los recogidos en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público:

2.1.2 Las o los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán acreditar
un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad
Valenciana para el desarrollo de sus funciones.
2.1.3 Las o los aspirantes que soliciten plaza en la que se establezca un requisito
lingüístico, deberán acreditar el nivel del mismo establecido para cada plaza.
2.1.4 Las o los aspirantes deberán cumplir el requisito de titulación en aquellas
plazas en que así se indique.
2.1.5 Las o los aspirantes, si así se indica en la plaza, deberán cumplir el requisito
de habilitación o capacitación cuando su posesión sea necesaria para la realización de
determinadas tareas o manejo de animales con fines de experimentación, científicos y de
docencia.
2.2

Requisito específico:

2.2.1 Estar en posesión de la acreditación para el cuerpo de Catedrático o
Catedrática de Universidad de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1312/2007,
de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los
cuerpos docentes universitarios, modificado por el Real Decreto 415/2015, de 29 de
mayo.

cve: BOE-A-2021-9662
Verificable en https://www.boe.es

a) Nacionalidad. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 57 del citado Real Decreto.
b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para
el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de
jubilación forzosa.
d) No haber sido separada o separado, mediante expediente disciplinario, del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso del personal laboral, en el que se hubiese producido la separación o
inhabilitación. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometida o sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.