II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Reingresos. (BOE-A-2021-9645)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se publica la rehabilitación de don Antonio Oliver Enseñat en la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138
Jueves 10 de junio de 2021
Sec. II.A. Pág. 70764
Interposición de recursos:
Contra esta Resolución no se puede interponer ningún recurso por tratarse de un
acto de trámite que no determina la imposibilidad de continuar el procedimiento, no
decide directa o indirectamente el fondo del asunto, ni produce indefensión o perjuicio
irreparable a derechos o intereses legítimos, conforme con lo que establece el
artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común
de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2021-9645
Verificable en https://www.boe.es
Palma, 14 de mayo de 2021.–El Consejero de Educación y Formación Profesional,
Martí Xavier March i Cerdà.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 138
Jueves 10 de junio de 2021
Sec. II.A. Pág. 70764
Interposición de recursos:
Contra esta Resolución no se puede interponer ningún recurso por tratarse de un
acto de trámite que no determina la imposibilidad de continuar el procedimiento, no
decide directa o indirectamente el fondo del asunto, ni produce indefensión o perjuicio
irreparable a derechos o intereses legítimos, conforme con lo que establece el
artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común
de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2021-9645
Verificable en https://www.boe.es
Palma, 14 de mayo de 2021.–El Consejero de Educación y Formación Profesional,
Martí Xavier March i Cerdà.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X