II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Técnico de Hacienda. (BOE-A-2021-9588)
Resolución de 3 de junio de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Hacienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Miércoles 9 de junio de 2021

B.2

Sec. II.B. Pág. 70122

Valoración concurso.

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario, hasta la fecha de
publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, teniendo en cuenta los servicios efectivos
reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, con anterioridad a la
finalización del plazo de presentación del certificado, a razón de 1 punto por año
completo de servicios, hasta un máximo de 36 puntos.
Igualmente se valorará en los mismos términos la experiencia acreditada por los
candidatos que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones
idénticas o análogas a las propias del cuerpo al que se refiere la presente convocatoria.
b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se
tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria y formalizado en la
Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por
la autoridad competente anterior a la finalización del plazo de presentación del
certificado, se otorgará la siguiente puntuación:
Grado 14 e inferiores: 10 puntos.
Grado 15 y 16: 12 puntos.
Grado 17 y 18: 14 puntos.
Grado 19 y 20: 16 puntos.
Grado 21 o superior: 18 puntos.
Asimismo, se otorgará diez puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de
publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la
Administración General del Estado, y hayan prestado servicios efectivos en la misma,
como funcionario de carrera, durante al menos dos años.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente
al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado, así como de
Organismos Constitucionales el día de publicación de esta convocatoria como
funcionario del Subgrupo C1, se otorgará la siguiente puntuación:

La valoración efectuada en el apartado c) no podrá ser modificada por
reclasificaciones de nivel posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria, con
independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento
de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les
valorará el nivel correspondiente al grado que tenga consolidado o, si no lo tuvieran, el
nivel mínimo del Subgrupo C1.
A los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia por el cuidado de
familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del
Estado u Organismos Constitucionales, es decir, el nivel del puesto de trabajo que les
correspondería al efectuar el reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en
situación de servicio activo en Órganos Constitucionales, con carácter definitivo, se
valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

cve: BOE-A-2021-9588
Verificable en https://www.boe.es

Niveles 15 e inferiores: 14 puntos.
Nivel 16 y 17: 15 puntos.
Nivel 18 y 19: 16 puntos.
Nivel 20 y 21: 17 puntos.
Nivel 22 y superiores: 18 puntos.