II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-9524)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Martes 8 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 69776

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la
Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea
la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o
condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las
funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
Segunda.
Además de los requisitos generales para ser admitidos al concurso, los candidatos
deberán acreditar los requisitos específicos que se señalan en el artículo 4 del RDC, en
los términos regulados en el mismo.
Asimismo, no podrán participar en este concurso quienes se hallen incursos en la
prohibición contenida en el artículo 9.4 del RDC, es decir, aquellos que no hayan
desempeñado durante al menos dos años la plaza anteriormente obtenida en un
concurso de acceso.
Los requisitos enumerados en la presente Base y en la Base Primera, deberán
poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
Tercera.
Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso remitirán la correspondiente
solicitud al Rector de la Universidad de Alcalá, en el plazo de veinte días naturales a
partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOE, mediante
instancia debidamente cumplimentada, según modelo que se acompaña en el anexo II,
junto con fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de
identidad, siguiendo las normas y las vías establecidas por el Registro General de la
Universidad de Alcalá, que pueden consultarse en la siguiente dirección: https://
www.uah.es/export/sites/uah/es/conoce-la-uah/organizacion-y-gobierno/.galleries/galeriade-descargas-de-servicios-administrativos/Registro-Web.pdf. Todas las personas que
participen en este proceso selectivo están obligadas a relacionarse con la Universidad de
Alcalá a través de los medios electrónicos que se indican en la dirección antes indicada.
Además, dentro de dicho plazo y a la dirección de correo electrónico
concursos.pdi@uah.es, deberán enviar en formato electrónico los documentos que se
enumeran a continuación:






Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.
Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
Las víctimas de violencia de género.
Las familias numerosas, en los siguientes términos:

a) 100% de exención a los miembros de familias de categoría especial.
b) 50% de exención a los miembros de familias de categoría general.

cve: BOE-A-2021-9524
Verificable en https://www.boe.es

a) Fotocopia de las certificaciones que acrediten el cumplimiento de los requisitos
específicos que se señala en la Base Segunda.
b) Justificación de haber efectuado el ingreso de los derechos de examen (41,92
euros) en la cuenta «Universidad de Alcalá. Oposiciones y concursos. Derechos de
Examen Pruebas PDI», número ES03 0049 6692 872716216204 del Banco de
Santander. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de
instancias no es subsanable, y determinará la exclusión del aspirante. No obstante, de
conformidad con Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la
Comunidad de Madrid, estarán exentos del pago de la tasa, debiéndose remitir en
formato electrónico la correspondiente acreditación: