II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Procesos selectivos. (BOE-A-2021-9510)
Resolución de 1 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos en el proceso selectivo del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, convocado por Resolución de 7 de mayo de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Martes 8 de junio de 2021

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
9510

Resolución de 1 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se declara
inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos en el proceso
selectivo del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, convocado
por Resolución de 7 de mayo de 2021.

El desarrollo de los procesos selectivos convocados por esta Subsecretaría,
correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de 2018-2019, exige el cumplimiento de
determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos
durante el mes de agosto, esta Subsecretaría resuelve declarar inhábil dicho mes a
efectos del cómputo de plazos en el proceso selectivo, correspondiente a las Ofertas de
Empleo Público de 2018-2019, para ingreso, por el sistema de acceso libre y promoción
interna, en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, convocado por
Resolución de 7 de mayo de 2021 («Boletín Oficial del Estado» de 24 de mayo).
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad que la dictó en el plazo
de un mes desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de
dos meses desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 10.1.i y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

cve: BOE-A-2021-9510
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 1 de junio de 2021.–La Subsecretaria de Cultura y Deporte, Andrea Gavela Llopis.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X