III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-9477)
Resolución de 31 de mayo de 2021, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para el desarrollo de modelos informáticos para la identificación, a partir de series multitemporales de imágenes capturadas por los satélites Sentinel, de las parcelas agrícolas de viñedo, frutales, olivar y pastos permanentes en situación de abandono con el fin de monitorizar sus condiciones de admisibilidad en los regímenes de ayuda de la Política Agrícola Común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Lunes 7 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 69356

Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el
presente Convenio y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
El Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., organismo autónomo dependiente del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de acuerdo con el artículo 3 de su
Estatuto, aprobado por Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre, tiene entre sus
funciones «las derivadas de su condición de autoridad nacional encargada de la
coordinación de los controles» que establece el Reglamento (UE) N.º 1307/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establecen normas
aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda
incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los
Reglamentos (CE) n.º 637/2008 y (CE) n.º 73/2009 del Consejo.
Segundo.
El artículo 58.2 del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 impone a los organismos
pagadores de los Estados miembros la obligación de implantar «sistemas de gestión y
control eficaces para garantizar el cumplimiento de la legislación que regula los
regímenes de ayuda de la Unión con objeto de reducir al máximo el riesgo de perjuicio
financiero de la Unión».
Tercero.
El artículo 40 bis del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/746 de la Comisión, de 18
de mayo de 2018, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 809/2014 en
lo que respecta a la modificación de las solicitudes únicas y solicitudes de pago y a los
controles, introduce una nueva modalidad de control mediante monitorización y ofrece a
los Estados miembros la posibilidad de aplicarla previo establecimiento de «un
procedimiento de observación, seguimiento y evaluación regulares y sistemáticos de
todos los criterios de admisibilidad, los compromisos y otras obligaciones que puedan ser
objeto de monitorización mediante datos de los satélites Sentinel de Copernicus u otros
datos con valor al menos equivalente, durante un período de tiempo que permita extraer
conclusiones sobre la admisibilidad de la ayuda solicitada».
Cuarto.
El 30 de noviembre de 2018 el FEGA notificó a la Comisión Europea que comenzaría
a aplicar los controles por monitorización a partir de la campaña de 2019. En
consecuencia, precisa implementar metodologías adecuadas para la descarga y
procesado de las imágenes de los satélites Sentinel y disponer de un modelo que
identifique de forma eficiente, operativa y rigurosa las parcelas de viñedo, frutales, olivar
y pastos permanentes abandonados.

El FEGA está expuesto al riesgo de sufrir correcciones financieras a tanto alzado por
incumplimiento de sus obligaciones de control que, conforme al apartado 3.2 de la
Comunicación de la Comisión C (2015) 3675 final, de 8 de junio de 2012, sobre
Directrices para calcular las correcciones financieras en el marco de los procedimientos
de liquidación de conformidad y de liquidación financiera de cuentas y a los
artículos 30-41 del Reglamento de Ejecución (UE) n° 809/2014 de la Comisión, de 17 de
julio de 2014, podrían oscilar entre el 5% y el 25% de las ayudas de la PAC en función
del número y la gravedad de las deficiencias detectadas. Se estima que, de producirse,

cve: BOE-A-2021-9477
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.