II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-9456)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de concurso-oposición y proceso de estabilización, a la Escala Administrativa (Subgrupo C1).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 69225

Las personas aspirantes que, habiendo optado por las vacantes reservadas a
personas con diversidad funcional, tengan una puntuación superior a la obtenida por
otras personas aspirantes del cupo general y no hubiera obtenido vacante por el cupo
de reserva de personas con diversidad funcional, serán incluidas por su orden de
puntuación en el cupo general.
Las personas aspirantes que, habiendo optado por las vacantes reservadas a cupo
de requisito de inglés, tengan una puntuación superior a la obtenida por otras personas
aspirantes del cupo general y no hubiera obtenido vacante por el cupo de requisito de
inglés, serán incluidas por su orden de puntuación en el cupo general. Solo a estos
efectos, en el supuesto de que estas personas candidatas tuvieran la acreditación del
idioma inglés comprendido en el anexo II del baremo de méritos contemplado en esta
convocatoria, se les sumará este mérito tal y como les hubiera correspondido en el
supuesto de que hubieran participado por el cupo general.
7.8 Los empates, se dirimirán en favor de las personas con diversidad funcional.
Si el empate se produce entre dichas personas, se elegirá a quien tenga acreditado un
mayor porcentaje de discapacidad.
Si persistiese dicho empate entre dichas personas o las personas empatadas no
tienen diversidad funcional, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición en la segunda parte.
Si se mantuviese dicho empate, el mismo se resolverá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición en la primera parte.
En el supuesto perdure dicho empate, se atenderá a la fase de concurso en lo que se
refiere al apartado de experiencia profesional. En última instancia, el orden se
establecerá por el orden de actuación contemplado en la base 8.3 de esta convocatoria.
7.9 En ningún caso el tribunal podrá declarar que han superado las pruebas
selectivas un número superior al de plazas convocadas.
7.10 Teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado 1.1 de esta convocatoria, en
cuanto a la acumulación de vacantes entre los cupos, en el supuesto de que el número
de personas aspirantes aprobadas fuera inferior al de plazas convocadas, las sobrantes
se declararán desiertas.
7.11 Bolsa de empleo temporal. De conformidad con los criterios establecidos al
respecto en el ámbito de la Universitat Politècnica de València, se confeccionará una
bolsa de empleo temporal para el personal que acceda por el sistema de turno libre,
incluidos los cupos de personas con diversidad funcional y con el requisito de
conocimientos de idioma inglés, por orden de puntuación.
Esta bolsa se constituirá con el personal aspirante que, habiendo participado en las
pruebas de acceso al grupo, sector, categoría/escala de la convocatoria, hayan aprobado
al menos la primera parte del ejercicio único de la fase de oposición que constituye el
proceso selectivo, según el orden de prioridad que se obtenga por la puntuación
alcanzada, y con preferencia de los que hayan aprobado la fase de oposición
sumándose en este caso la puntuación obtenida en la fase de concurso. Los criterios de
ordenación y llamamiento serán los establecidos en el ámbito de la Universitat
Politècnica de València.
De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, atendiendo al Acuerdo
en vigor en esta materia en el ámbito de esta Universitat; así como a los criterios
establecidos al respecto en el ámbito de la Universitat Politècnica se podrá recurrir a esta
bolsa de empleo temporal para efectuar nombramientos provisionales por mejora de
empleo.
Esta bolsa de empleo temporal, incluyendo el orden de prioridad se publicará de
conformidad con la base 14.2 de esta convocatoria.
Las personas que conformen esta bolsa de empleo temporal, deberán acreditar la
misma documentación que se requiere en esta convocatoria a las personas aspirantes
propuestas para su nombramiento como personal funcionario de carrera. Esta
documentación se presentará ante el Servicio de Recursos Humanos, una vez sean
llamados para el nombramiento como personal funcionario interino, contratos temporales

cve: BOE-A-2021-9456
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Núm. 135