II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2 y C1. (BOE-A-2021-9397)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo, en el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
28 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 69053

Tercera. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas a los modelos
publicados como anexos de esta resolución y dirigidas a la Secretaría General del ICAC,
se presentarán en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al
de la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado».
Las instancias se presentarán a través del Portal Funciona, siendo imprescindible la
acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin
perjuicio de lo indicado en esta base.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
En el caso de que la persona concursante no pueda acceder en su puesto de trabajo
a estos medios, lo pondrá en conocimiento de la Unidad de personal del Ministerio u
Organismo donde presta servicios, la cual le deberá facilitar dicho acceso. Si ello no
resultara posible por causas técnicas o de otra índole, esta Unidad de personal informará
a la persona concursante que la instancia la puede presentar cumplimentando el anexo
II-A que aparece publicado en la página web: (http://www.icac.gob.es/) y dirigirlo a dicha
Unidad de personal, la cual asumirá la tramitación de la solicitud. En todo caso, se
garantiza el derecho de las personas concursantes a presentar su solicitud de
participación en el concurso.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, que
no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, con carácter
excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
La forma de presentación no telemática o a través de las unidades de personal será
admitida en los casos expresamente previstos en esta base. En ningún caso, podrá
presentarse de forma no electrónica una solicitud complementaria de una solicitud
electrónica.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
– Anexo II-A: Solicitud de participación.
– Anexo II-B: Consentimiento para obtención de datos y consulta de información
– Anexo III: Certificado de méritos.
– Anexo IV: Méritos alegados por el candidato en relación con el puesto o puestos
solicitados.
– Anexo V: A. Consentimiento para cuidado de hijo e hija. B. Consentimiento para
cuidado de familiar.
La cumplimentación de estos anexos con arreglo a las instrucciones que en ellos se
contienen.
2. Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad podrán pedir la
adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se
deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que
acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las
funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con
el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en
cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan

cve: BOE-A-2021-9397
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 135