III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2021-9486)
Resolución de 26 de mayo de 2021, del Instituto de Salud Carlos III, O.A.,M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Santiago de Compostela, para la realización de prácticas académicas externas o la realización del trabajo de fin de grado o máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Lunes 7 de junio de 2021

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Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas.
1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un profesor de la universidad y por un profesional que preste
servicios en la empresa, institución o entidad donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la Universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad
desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
d) A percibir, en los casos en que así se estipule, la aportación económica de la entidad colaboradora, en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
e) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
f) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad
colaboradora.
g) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al
propio desempeño de las prácticas en igualdad de condiciones.
h) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales
derivadas o conectadas con la situación de discapacidad.
i) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscritos por la
Universidad y, en su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la mima, con la entidad colaboradora.
2. Asimismo y, durante la realización de las prácticas académicas externas los estudiantes deberán atender al cumplimiento de los siguientes
deberes:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la universidad.
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado por la entidad colaboradora bajo la
supervisión del tutor académico de la universidad.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la universidad durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda
surgir en el mismo, así como hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final que le sean requeridos.
d) Incorporarse a la entidad colaboradora de que se trate en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las
normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
e) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con la entidad colaboradora conforme a las líneas
establecidas en el mismo.
f) Elaboración de la memoria final de las prácticas, prevista en el artículo 14 de este real decreto y, en su caso, del informe intermedio.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la entidad colaboradora y guardar secreto profesional sobre sus actividades,
durante su estancia y finalizada ésta.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la entidad colaboradora, salvaguardando el buen nombre de la
universidad a la que pertenece.
i) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en los correspondientes Convenios de Cooperación Educativa suscrito por la
universidad y, en su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la misma, con la entidad colaboradora.

El estudiante abajo firmante, declara su conformidad para realizar prácticas, al
amparo del convenio arriba citado y ateniéndose a la normativa vigente. Asimismo, se
compromete a mantener la más estricta obligación de confidencialidad sobre toda
aquella información a la que pueda tener acceso, como consecuencia de realización de
las prácticas objeto del presente convenio.
Y, en prueba de conformidad, firman el presente documento, por triplicado ejemplar,
en Madrid, el …… de ………………………………… de 202……

Fdo.:

https://www.boe.es

Firma del tutor/a
de la entidad colaboradora

Fdo.:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Firma del estudiante

cve: BOE-A-2021-9486
Verificable en https://www.boe.es

Responsable de prácticas
del centro o de la titulación

Fdo.:

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X