V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2021-28586)
Anuncio de la Autoridad Portuaria de Barcelona por el que se hace público el otorgamiento de una concesión a favor de MSC Cruises Barcelona Terminal, S.L.U., destinada a la construcción y explotación de una terminal privada de pasajeros de cruceros turísticos en el puerto de Barcelona. Exp. 084/2018-SG.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Lunes 7 de junio de 2021

Sec. V-B. Pág. 37276

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

28586

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Barcelona por el que se hace
público el otorgamiento de una concesión a favor de MSC Cruises
Barcelona Terminal, S.L.U., destinada a la construcción y explotación
de una terminal privada de pasajeros de cruceros turísticos en el puerto
de Barcelona. Exp. 084/2018-SG.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Barcelona, en su
sesión celebrada en fecha 26 de mayo de 2021, de conformidad con la propuesta
de la Dirección General y en el ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo
30.5. n) y s) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, acordó aprobar el otorgamiento de una concesión a favor de MSC
Cruises Barcelona Terminal, S.L.U. en el muelle Adosado del puerto de Barcelona,
destinada a la construcción y explotación de una Terminal privada de pasajeros de
cruceros turísticos, estación marítima "H", en las condiciones igualmente
aprobadas y cuyas características son las siguientes:
Ámbito espacial: Superficie de 11.670 m2.
Plazo: 31 años, prorrogable.
Tasas: Tasa de ocupación anual: 115.475,23 euros.
Tasa de actividad:
Se obtendrá por la suma de los siguientes conceptos:
- Por la operativa de pasaje, un importe que se obtendrá de multiplicar una
cuota de 0,0877 euros, redondeado a dos decimales, por pasajero que utilice la
presente terminal. Si el prestador del servicio al pasaje fuera una empresa
diferente del concesionario, el importe resultante de este punto se minorará con el
importe devengado por la tasa liquidada al titular de la licencia de servicios
portuarios al pasaje.
- Por la actividad de suministro de agua a buques, en el caso que dicho
servicio sea prestado por el concesionario, un importe que se obtendrá de
multiplicar 0,3624 euros/m2, redondeado a dos decimales, por el volumen de agua
suministrada.

- Por la actividad desarrollada en locales (bares, restaurantes, tiendas, etc.), un
importe equivalente al 1% de la facturación desarrollada en el local, ya desarrolle la
actividad directamente el propio concesionario o un tercero. En cualquiera de estos
dos supuestos, el importe resultante será liquidado al concesionario.
Siendo, en todo caso, la cuota íntegra anual a abonar no inferior al mayor de
los siguientes conceptos: a) el equivalente al 20% de la tasa anual por ocupación

cve: BOE-B-2021-28586
Verificable en https://www.boe.es

- Por la cesión, parcial o total, de instalaciones a terceros destinadas a locales,
un importe equivalente al 1% de la facturación realizada por el titular de la
concesión a un tercero.