II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2021-9356)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se publican las bases de concurso ordinario y convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 5 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 68884
Acreditación de los méritos: La experiencia profesional se acreditará mediante
certificación expedida por el Ayuntamiento correspondiente en el que se hará constar: a)
el tiempo de servicios prestados, b) el puesto de trabajo en que se prestaron; c) la
disposición de la que resulta característica el municipio que determinará la valoración de
los servicios prestados en el mismo.
9. Entidad Local: Torrelodones.
Puesto de trabajo: Vicesecretaría.
Subescala/Categoría: Secretaría/Entrada.
Méritos específicos: No se requieren.
10. Entidad Local: Venturada.
Puesto de trabajo: Vicesecretaría-Intervención y Tesorería.
Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención.
Méritos específicos: No se requieren.
11. Entidad Local: Villanueva de la Cañada.
Puesto de trabajo: Viceintervención.
Subescala/Categoría: Intervención-Tesorería/Entrada.
Méritos específicos: Atendidas las normas contenidas en el artículo 34 del Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el régimen jurídico de los
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, así como los
requisitos de experiencia y formación que se estima conveniente que reúna el aspirante
que finalmente acceda al puesto cuya provisión se convoca y las necesidades propias de
este Ayuntamiento, ponderadas en función de las características del municipio y la
organización del trabajo.
Por todo ello, se establecen los siguientes méritos específicos que el Tribunal tendrá
en cuenta para sus valoraciones:
a) Experiencia: Haber prestado servicios en puestos de colaboración a la
Intervención General o la Tesorería de Corporaciones Locales, reservados a funcionarios
con habilitación estatal, de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada,
en municipios de la Comunidad de Madrid, con población entre 20.000 y 50.000
habitantes.
Se valorará a razón de 0,04 por mes, fijándose la puntuación máxima para este
apartado en 0,50 puntos.
(A efectos de la valoración de servicios prestados, serán considerados aquellos de
carácter definitivo como de cualquiera de las formas de provisión previstas en el Real
Decreto 128/2018).
b) Formación académica y cursos de perfeccionamiento:
– Tener formación académica de posgrado con categoría máster, relacionado con el
contenido específico de puestos reservados a funcionarios habilitados de carácter
nacional: 0,50 puntos.
– Haber realizado cursos específicos en materia de subvenciones públicas con un
mínimo de 50 horas lectivas: Se valorará con 0,005 puntos por hora lectiva, hasta un
máximo de 0,50 puntos.
Puntuación total máxima por méritos específicos: 1,50 puntos.
Acreditación de los méritos:
– Los servicios efectivos prestados se acreditarán mediante certificado de servicios
expedido por la Entidad correspondiente donde hayan sido prestados los servicios,
indicando el puesto de trabajo efectivamente desempeñado y el período o períodos de
desempeño efectivo de los servicios.
– Los documentos acreditativos de los méritos específicos a que se refieren los
apartados anteriores deberán acreditarse por los candidatos, junto con la instancia de
cve: BOE-A-2021-9356
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 134
Sábado 5 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 68884
Acreditación de los méritos: La experiencia profesional se acreditará mediante
certificación expedida por el Ayuntamiento correspondiente en el que se hará constar: a)
el tiempo de servicios prestados, b) el puesto de trabajo en que se prestaron; c) la
disposición de la que resulta característica el municipio que determinará la valoración de
los servicios prestados en el mismo.
9. Entidad Local: Torrelodones.
Puesto de trabajo: Vicesecretaría.
Subescala/Categoría: Secretaría/Entrada.
Méritos específicos: No se requieren.
10. Entidad Local: Venturada.
Puesto de trabajo: Vicesecretaría-Intervención y Tesorería.
Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención.
Méritos específicos: No se requieren.
11. Entidad Local: Villanueva de la Cañada.
Puesto de trabajo: Viceintervención.
Subescala/Categoría: Intervención-Tesorería/Entrada.
Méritos específicos: Atendidas las normas contenidas en el artículo 34 del Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el régimen jurídico de los
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, así como los
requisitos de experiencia y formación que se estima conveniente que reúna el aspirante
que finalmente acceda al puesto cuya provisión se convoca y las necesidades propias de
este Ayuntamiento, ponderadas en función de las características del municipio y la
organización del trabajo.
Por todo ello, se establecen los siguientes méritos específicos que el Tribunal tendrá
en cuenta para sus valoraciones:
a) Experiencia: Haber prestado servicios en puestos de colaboración a la
Intervención General o la Tesorería de Corporaciones Locales, reservados a funcionarios
con habilitación estatal, de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada,
en municipios de la Comunidad de Madrid, con población entre 20.000 y 50.000
habitantes.
Se valorará a razón de 0,04 por mes, fijándose la puntuación máxima para este
apartado en 0,50 puntos.
(A efectos de la valoración de servicios prestados, serán considerados aquellos de
carácter definitivo como de cualquiera de las formas de provisión previstas en el Real
Decreto 128/2018).
b) Formación académica y cursos de perfeccionamiento:
– Tener formación académica de posgrado con categoría máster, relacionado con el
contenido específico de puestos reservados a funcionarios habilitados de carácter
nacional: 0,50 puntos.
– Haber realizado cursos específicos en materia de subvenciones públicas con un
mínimo de 50 horas lectivas: Se valorará con 0,005 puntos por hora lectiva, hasta un
máximo de 0,50 puntos.
Puntuación total máxima por méritos específicos: 1,50 puntos.
Acreditación de los méritos:
– Los servicios efectivos prestados se acreditarán mediante certificado de servicios
expedido por la Entidad correspondiente donde hayan sido prestados los servicios,
indicando el puesto de trabajo efectivamente desempeñado y el período o períodos de
desempeño efectivo de los servicios.
– Los documentos acreditativos de los méritos específicos a que se refieren los
apartados anteriores deberán acreditarse por los candidatos, junto con la instancia de
cve: BOE-A-2021-9356
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Núm. 134