II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2021-9356)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se publican las bases de concurso ordinario y convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 5 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 68868

Entrevista: Sí.
Hace uso del artículo 16.2 del Decreto 195/2008: sí, puntuación mínima de 0,375
puntos.
Méritos específicos:
Experiencia profesional (0,75 puntos):
Por servicios prestados como funcionarios de Administración local con habilitación de
carácter nacional en la subescala de secretaría en cualquier administración local, hasta
un máximo de 0,75 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:
– En ayuntamientos u otras entidades locales con una población superior a 20.000
habitantes, a razón de 0,025 puntos por mes de trabajo.
– En administraciones locales supramunicipales, a razón de 0,010 puntos por mes
de trabajo.
Formación y perfeccionamiento (0,75 puntos):
Por la realización de cursos de perfeccionamiento y formación en materia de gestión
de personal, dirección de equipos y habilidades directivas homologados por el Instituto
Nacional de Administración Pública, la Escuela de Administración Pública de Cataluña o
entidades públicas, según el siguiente baremo:
De 50 a 99 horas: 0,030 puntos.
De 100 a 199 horas: 0,050 puntos.
De 200 a 299 horas: 0,080 puntos.
Superior a 300 horas: 0,10 puntos.
Secretaría Entrada
Provincia de Barcelona
Denominación de la corporación: Ayuntamiento de Canet de Mar.
Denominación del puesto y clase: Secretaría, clase segunda.
Subescala: Secretaría.
Categoría: Entrada.
Conocimiento del catalán: C1.
Méritos específicos:
Se otorgará hasta un máximo de 1,5 puntos, conforme el que establecen los
artículos 31.3 y 34 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el
régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter
nacional, y conforme las reglas siguientes:
1. Experiencia profesional, hasta un máximo de 0,8 puntos. Por servicios
prestados como funcionarios de Administración local con habilitación de carácter
nacional en la subescala de secretaría, categoría de entrada, con el siguiente
baremo: 0,02 por mes.
2. Formación y perfeccionamiento, hasta un máximo 0,7 puntos. Se valorará 0,35
puntos por cada Posgrado o Máster superado impartidos por Universidades o por la
Escuela de Administración Pública de Cataluña, de materias relacionadas con el puesto
de trabajo.
Los méritos específicos se tendrán que acreditar con la aportación de diplomas o
certificados y las otras acreditaciones justificativas, originales o fotocopias compulsadas
expedidos por las instituciones correspondientes.
El tribunal calificador podrá acordar, si lo estima conveniente y necesario, la
realización de una entrevista a los únicos efectos de concretar los méritos específicos.

cve: BOE-A-2021-9356
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Núm. 134