III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2021-9332)
Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Extremadura, para la realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
11 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Viernes 4 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 68487

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
9332

Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Universidad de Extremadura, para la
realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad de Extremadura,
han suscrito, con fecha 26 de mayo de 2021, un convenio para la realización de
prácticas académicas de los alumnos de grado y de posgrado, por lo que conforme a lo
previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico
del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 27 de mayo de 2021.–El Secretario General Técnico, Liborio López García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y
la Universidad de Extremadura para la realización de prácticas académicas
de los alumnos de grado y de posgrado
De una parte, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, representado en
este acto por don Diego Fernández Alberdi, Director General de Planificación y Gestión
Educativa, nombrado por Real Decreto 743/2018, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 7.1 de la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
Y de otra, la Universidad de Extremadura, con CIF Q0618001B y domicilio en
Rectorado plaza de los Caldereros, s/n, 10003 Cáceres, actuando en nombre y
representación de la misma don Antonio Hidalgo García, Rector Magnífico, en virtud de
las facultades que le autoriza su nombramiento, efectuado por Decreto 2/2019, de 8 de
enero, actuando en el ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 93 h)
de Decreto 65/2003, de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la
Universidad de Extremadura y de acuerdo con las competencias que le otorga el
artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
EXPONEN

Que el Ministerio de Educación y Formación Profesional, en virtud del Real
Decreto 1045/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla su estructura orgánica
básica, es el departamento de la Administración General del Estado encargado de la
propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa y de formación
profesional. Dicho Real Decreto en su artículo 5 recoge las funciones de la Dirección
General de Planificación y Gestión Educativa, entre las que se encuentran «la
planificación, dirección y gestión de los servicios de educación en el exterior
encuadrados en las consejerías, agregadurías y direcciones de programas existentes en
diferentes países, de la Administración educativa en el exterior, y de los centros docentes
españoles de titularidad estatal en el extranjero». Por ello, el Ministerio de Educación
y Formación Profesional a través de la Consejería de Educación en Marruecos
promueve, dirige y gestiona las distintas actuaciones en materia de acción educativa y

cve: BOE-A-2021-9332
Verificable en https://www.boe.es

Primero.