III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Marina mercante. Titulaciones de recreo. (BOE-A-2021-9328)
Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan, para el segundo semestre de 2021, exámenes teóricos ordinarios para la obtención de titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Viernes 4 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 68461

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
9328

Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Dirección General de la Marina
Mercante, por la que se convocan, para el segundo semestre de 2021,
exámenes teóricos ordinarios para la obtención de titulaciones náuticas para
el gobierno de embarcaciones de recreo.

Esta dirección general, en uso de las facultades que tiene conferidas de conformidad
con lo establecido en la disposición final segunda del Real Decreto 875/2014, de 10 de
octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las
embarcaciones de recreo, resuelve establecer, para el segundo semestre del año 2021,
dos convocatorias para la titulación de patrón para navegación básica, dos para la
titulación de patrón de embarcaciones de recreo, una para la titulación de patrón de yate
y una para la titulación de capitán de yate, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1.

Normas generales

Los exámenes serán celebrados por aquellos tribunales constituidos de conformidad
con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre.
2.

Edad mínima

Para obtener una titulación náutica para el gobierno de embarcaciones de recreo, el
interesado deberá tener cumplidos 18 años de edad en el momento en el que realice las
pruebas para la obtención de estos.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, los menores de edad que hayan
cumplido 16 años en el momento de la realización de las pruebas, podrán obtener el
título de patrón para navegación básica, siempre que acrediten, mediante su
presentación por escrito, el consentimiento de sus padres o tutores y superen los
requisitos teóricos y prácticos exigidos en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre.
Titulación inferior requerida

Según lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 875/2014, para la obtención de
los títulos de patrón de yate y capitán de yate será necesario estar en posesión del título
inmediatamente inferior. Aquellos candidatos que se presenten al examen para la
obtención de uno de estos dos títulos, que no haya aprobado el examen teórico del título
inferior en un examen convocado por esta dirección general sino por una comunidad
autónoma, deberán acreditar mediante copia del título o certificado de la citada comunidad
que tiene aprobado el examen teórico del título inferior. De no hacerlo así, no se podrá
presentar al examen para el que solicita la matrícula. La documentación será remitida al
buzón titulosderecreo.dgmm@mitma.es, a más tardar antes de que finalice el plazo de
subsanación de diez días hábiles tras la publicación de los listados provisionales.

cve: BOE-A-2021-9328
Verificable en https://www.boe.es

3.