III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cartas de servicios. (BOE-A-2021-9334)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la Carta de servicios electrónicos de la Dirección Insular de la Administración General del Estado en Fuerteventura.
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Núm. 133

Viernes 4 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
9334

Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se
aprueba la Carta de servicios electrónicos de la Dirección Insular de la
Administración General del Estado en Fuerteventura.

En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Real Decreto 951/2005, de 29
de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la
Administración General del Estado, la Dirección Insular de la Administración General del
Estado en Fuerteventura, ha propuesto la aprobación de su Carta de Servicios
Electrónicos. El artículo 13.2 de la citada disposición establece que las cartas de
servicios electrónicos se tramitarán conforme a lo previsto en los artículos 10, 11 y 12,
señalando el artículo 11.1 de la misma que las Cartas de Servicios y sus posteriores
actualizaciones serán aprobadas por Resolución del Subsecretario del Departamento al
que pertenezca el órgano o esté adscrito el organismo proponente, competencia que ha
sido delegada en el Director General de la AGE en el Territorio por Orden TFP/747/2020,
de 28 de julio, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos y de delegación de competencias.
Visto el informe favorable emitido al respecto por la Dirección General de
Gobernanza Pública de fecha 14 de mayo de 2021, en virtud de las competencias que le
asigna la normativa vigente en relación con el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por
el que se establece el marco general para mejora de la calidad en la Administración
General del Estado,
Esta Dirección General ha resuelto lo siguiente:
Aprobar la Carta de Servicios Electrónicos de la Dirección Insular de la
Administración General del Estado en Fuerteventura que tendrá vigencia a partir del día
siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
La citada Carta de Servicios deberá estar disponible en la mencionada Dirección
Insular de la Administración General del Estado y en la sede electrónica del
Departamento, de conformidad con lo dispuesto en el apartado b) del artículo 6.2 del
Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la
Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios
públicos. También estará disponible en el portal web del Ministerio y en la siguiente
dirección de Internet: http://administracion.gob.es/

cve: BOE-A-2021-9334
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 14 de mayo de 2021.–El Subsecretario de Política Territorial y Función
Pública, P.D. (Orden TFP/747/2020, de 28 de julio), el Director General de la
Administración General del Estado en el Territorio, Agustín Torres Herrero.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X