III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Cartas de servicios. (BOE-A-2021-9257)
Resolución 400/38193/2021, de 24 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la Carta de servicios del Centro Militar de Veterinaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Jueves 3 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
9257

Resolución 400/38193/2021, de 24 de mayo, de la Subsecretaría, por la que
se aprueba la Carta de servicios del Centro Militar de Veterinaria de la
Defensa.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 951/2005, de 29 de
julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la
Administración General del Estado, las cartas de servicios son documentos que
constituyen el instrumento a través del cual los órganos, organismos y entidades de la
Administración General del Estado informan a los ciudadanos y usuarios sobre los
servicios que tienen encomendados, sobre los derechos que les asisten en relación con
aquellos y sobre los compromisos de calidad en su prestación.
El artículo 11.1 de dicha disposición establece que «Las cartas de servicios y sus
posteriores actualizaciones serán aprobadas mediante resolución del Subsecretario del
Departamento, al que pertenezca el órgano o esté vinculado o adscrito el organismo
proponente», previo informe favorable de la Dirección General de Gobernanza Pública.
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el citado Real Decreto, el Centro
Militar de Veterinaria de la Defensa, ha propuesto la aprobación de la Carta de Servicios
del Centro Militar de Veterinaria de la Defensa.
Visto el informe favorable de la Dirección General de Gobernanza Pública del
Ministerio de Política Territorial y Función Pública, de fecha 4 de mayo de 2021, en
relación con esta propuesta de aprobación de Carta de Servicios, en virtud de las
competencias que le atribuye el artículo 11.1 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, a
esta Subsecretaría, dispongo:
Primero.
Aprobar la Carta de Servicios del Centro Militar de Veterinaria de la Defensa.
Segundo.
La citada carta de servicios deberá estar disponible en la sede electrónica del
Ministerio de Defensa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2.b) del Real
Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la
Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios
públicos. Asimismo, se remitirá al punto de acceso general de la Administración General
del Estado (PAG), http://administracion.gob.es/, con el fin de garantizar el acceso a esta
información por parte de la ciudadanía.
Tercero.

Madrid, 24 de mayo de 2021.–La Subsecretaria de Defensa, María Amparo Valcarce
García.

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La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».