III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-9267)
Resolución de 27 de mayo de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Pentacion, SA, para la organización conjunta de la coproducción del espectáculo teatral "Antonio y Cleopatra" de William Shakespeare.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Jueves 3 de junio de 2021

Duodécima.

Sec. III. Pág. 68135

Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según
los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo
pactado.
Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que
pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente Convenio.
Decimotercera.

Interpretación y resolución de conflictos.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan
surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse
del presente Convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas
posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán
competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden
contencioso-administrativo.
Decimocuarta.

Información al ciudadano.

En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso y Buen Gobierno, este Convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en
el Portal de Transparencia.
Decimoquinta.

Protección de datos de carácter personal.

En aplicación de lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de
carácter personal que figuran en este Convenio serán tratados por el INAEM e
incorporados a la actividad de tratamiento «Actividad de colaboración», cuya finalidad es
la tramitación y gestión de los convenios y protocolos generales de actuación de los que
es parte el INAEM, finalidad basada en el interés público del Convenio o Protocolo y en
su ejecución.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la
Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la
transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno. Los datos personales de
posibles terceros que tengan cualquier relación con el Convenio, no podrán ser
publicados sin el debido consentimiento de sus titulares.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para
la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio
documental español.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus
datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones
basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan,
ante el INAEM en Plaza del Rey, 1, 28004 Madrid o a través de la sede electrónica
www.culturaydeporte.gob.es
Competencias.

Este Convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.
Para la debida constancia de todo lo convenido, se firma el presente Convenio en el
lugar y fecha señalados.–En representación del INAEM, la Directora General, Amaya de
Miguel Toral.–En representación de la Empresa, Jesús Fernando Cimarro Olabarri.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2021-9267
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Decimosexta.