III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-9267)
Resolución de 27 de mayo de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Pentacion, SA, para la organización conjunta de la coproducción del espectáculo teatral "Antonio y Cleopatra" de William Shakespeare.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Jueves 3 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 68131

Y en virtud de cuanto queda expuesto, manifiestan su voluntad de colaboración
suscribiendo el presente Convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto de este Convenio es establecer las bases de colaboración entre el Instituto
Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante INAEM) y la empresa
Pentación, SA con objeto de organizar la coproducción del espectáculo teatral Antonio y
Cleopatra, de William Shakespeare, dirigido por José Carlos Plaza, con destino a su
exhibición en la Compañía Nacional de Teatro Clásico, CNTC (Teatro de la Comedia) así
como en su distribución y gira.
Las actuaciones consistirán en:
El INAEM (Compañía Nacional de Teatro Clásico) se encargará de la producción
ejecutiva del espectáculo Antonio y Cleopatra bajo la dirección de José Carlos Plaza, con
estreno previsto el 1 de julio de 2021 en el Festival Internacional de Teatro Clásico de
Almagro, corriendo igualmente con todos los gastos inherentes a la exhibición de dicho
espectáculo durante el período comprendido entre el día 1 al 12 al de julio y de la
exhibición en el Teatro de la Comedia, del 13 de septiembre al 7 de noviembre de 2021.
La Empresa se encargará de la distribución y gestión de la posible gira de Antonio y
Cleopatra, corriendo con todos los gastos inherentes a la misma. Asimismo, corriendo
igualmente con todos los gastos inherentes, menos la contratación de los actores, al
estreno en el Festival Internacional de Teatro Clásico de Mérida, del día 8 de julio al 11
de julio de 2021.
Como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID 19, las fechas de las
actuaciones dispuestas en la presente clausula podrían estar sujetas a cambios en
función de la evolución de la mencionada crisis y las medidas de prevención que puedan
acordarse. Este cambio de fechas se realizará en el marco de la vigencia del Convenio y
mediante acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula
novena.
Segunda.

Régimen jurídico.

El presente Convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercera. Compromisos de las partes y financiación.

– Contratación del equipo artístico: director, escenógrafo, figurinista, iluminador.
– Contratación de actores (salarios de ensayos y funciones en Almagro, Mérida y
temporada en la CNTC) en el período comprendido entre el 10 de mayo y el 7 de
noviembre de 2021.
– Contratación del ayudante de dirección en el período comprendido entre el 10 de
mayo y el 7 de noviembre de 2021.
– Alquiler de materiales.
– Carga y descarga de materiales en Almagro y en La Comedia.
– Todos aquellos gastos imprevistos y de mantenimiento que pudieran originarse de
la propia actividad y que comprenden el período completo de producción de la obra,
entendiendo el mismo has el 1 de julio 2021.

cve: BOE-A-2021-9267
Verificable en https://www.boe.es

Del presente Convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman.
El INAEM (Compañía Nacional de Teatro Clásico) correrá, hasta un máximo
de 514.140,00 € IVA incluido, con los siguientes gastos de producción: