III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-9261)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se publica el Convenio con la Universidad de La Laguna, para la realización de prácticas de los alumnos de grado y posgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Jueves 3 de junio de 2021

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normativa que les resulta de aplicación para suscribir el presente Convenio y, a tal
efecto,
EXPONEN
1) Que ambas partes consideran que la formación de los estudiantes y titulados
universitarios debe basarse tanto en la adquisición de conocimientos teóricos como
prácticos, con los objetivos de poder orientarse en sus vocaciones profesionales,
incorporarse al mercado laboral en condiciones idóneas, para así responder con eficacia
y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
2) Que la Universidad está interesada en establecer un Programa de Colaboración
con el organismo público Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife para la
realización de prácticas académicas externas de los estudiantes matriculados en la
misma, incluyéndose la realización de Trabajos Fin de Grado, Trabajos Fin de Máster,
Proyectos Fin de Carrera o Tesis Doctorales (en adelante TFG, TFM, PFC, TD), relativos
a cualquier enseñanza impartida por la Universidad, tanto oficiales como propias, según
las condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente
programa formativo, así como de acuerdo con lo manifestado en la memoria justificativa
que se adjunta al presente Convenio, en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 50.1 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
3) Que con el fin de contribuir a la formación integral de los estudiantes
universitarios de la Universidad de La Laguna, ambas partes desean suscribir el
presente Convenio encuadrado en el marco del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio,
por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios.
Por lo tanto, a la vista de lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente
Convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Establecer con el organismo público Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife y
para los alumnos de grado y postgrado de la universidad, un Programa de Prácticas de
Colaboración integradas en su formación de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Compromisos.

El organismo público Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife determinará en
qué instalaciones dependientes del organismo se llevarán a cabo las prácticas, en virtud
de la firma del presente Acuerdo y según las condiciones establecidas por el mismo.
La Universidad se encargará de velar por que los estudiantes que soliciten las
prácticas en el marco de las convocatorias realizadas al efecto cumplan los requisitos
formativos y/o de titulación fijados en las bases de las mismas. Asimismo, gestionará
todos los aspectos formales de las convocatorias de las prácticas objeto del presente
Convenio, de acuerdo con su normativa y procedimientos, conforme a los principios de
publicidad, objetividad y concurrencia.
El organismo público Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, decidirá el
número de alumnos y alumnas que realizarán las prácticas en cada convocatoria de
acuerdo con las circunstancias de las Representaciones y de las unidades y realizará la
selección de los alumnos, que oportunamente comunicará a la Universidad, de acuerdo
con el procedimiento fijado en las convocatorias.

cve: BOE-A-2021-9261
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.