I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Estadística. (BOE-A-2021-9237)
Ley Foral 5/2021, de 10 de mayo, por la que se aprueba el Plan de Estadística de Navarra 2021-2024 y se modifica la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Jueves 3 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 67925

– Evaluar la situación de la agricultura española y seguir la evolución estructural de
las explotaciones agrícolas, así como obtener resultados comparables entre todos los
Estados miembros de la Unión Europea.
– Cumplir la normativa legal fijada por la Unión Europea en los diferentes
reglamentos del Consejo, así como atender a los requerimientos estadísticos nacionales
y otras solicitudes internacionales de información estadística acerca del sector agrario.
Principales variables:
Explotaciones, superficie agrícola, ganadería, trabajo en la explotación,
aprovechamiento de la tierra, maquinaria, irrigación, régimen de tenencia de la tierra y
cultivos.
Desagregación territorial en la difusión: Navarra.
Departamento: Economía y Hacienda
Dirección General o Unidad Asimilada: Instituto de Estadística de Navarra
Código: 2200426.
Denominación: Estadística Estructural de Empresas: Sector Industrial.
Tema: 04 Industria, comercio y servicios.
Subtema: 040101 Estadísticas estructurales del sector industrial.
Descripción:
El Instituto Nacional de Estadística elabora anualmente, para los sectores de
Industria, Comercio y Servicios No Financieros, las estadísticas estructurales de
empresas, cuyo objetivo es ofrecer información sobre las principales características
estructurales y económicas de las empresas de los diferentes sectores de estudio,
mediante un amplio conjunto de variables relativas al personal ocupado, cifra de
negocios y otros ingresos, compras y consumos, gastos de personal, impuestos e
inversiones. La información procede del Instituto Nacional de estadística.
Objetivos:

– Satisfacer las demandas de información requeridas por los organismos
internacionales, en particular, por la Oficina de Estadística de la Unión Europea
(EUROSTAT) y dar cumplimiento a los requerimientos de los Reglamentos europeos
SBS (Reglamento 295/2008 del Parlamento y del Consejo de la Unión Europea sobre las
estadísticas estructurales de empresas, concretamente sus Anexos I, II y III ) y FATS
(Reglamento 716/2007 sobre la estructura y actividad de las filiales, concretamente su
Anexo INWARD). La adecuación metodológica a dichos reglamentos hace posible la
comparabilidad con el resto de países de la Unión Europea que difunden esta misma
información para sus respectivos ámbitos y sectores.
– Facilitar información básica para Contabilidad Nacional.
– Servir de marco para la actualización de indicadores coyunturales.
– Atender las necesidades estadísticas de las Comunidades Autónomas.

cve: BOE-A-2021-9237
Verificable en https://www.boe.es

El primer objetivo de la Estadística Estructural de Empresas (EEE) es ofrecer
información sobre las principales características estructurales y económicas de las
empresas de los sectores de estudio, mediante un amplio conjunto de variables relativas
al personal ocupado, cifra de negocios y otros ingresos, compras y consumos, gastos de
personal, impuestos e inversiones. La información obtenida debe cumplir un conjunto de
requisitos básicos como ser comparable a nivel internacional y cubrir las necesidades de
información demandada por los diversos usuarios de estas estadísticas. Además de
permitir el estudio de las transformaciones operadas en los sectores de estudio, otras
principales utilidades de la EEE son las siguientes: