III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2021-9278)
Decreto 31/2021, de 28 de abril, por el que se declara bien de interés cultural el conjunto arqueológico de "Casas del Turuñuelo", en el término municipal de Guareña (Badajoz), con la categoría de zona arqueológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Jueves 3 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 68181

lino conteniendo semillas o el fragmento de lana más antiguo hasta ahora documentado
en la Península Ibérica. Así mismo, han llegado hasta nosotros las vigas de madera
sobre las que se asienta el piso superior, los entramados de madera que sujetaban los
techos e, incluso, se han podido documentar algunas de las puertas de las habitaciones
que aun conservaban sus herrajes.
Una de las estancias más destacadas es la denominada «habitación del banquete»,
así llamada por el hallazgo de un importante conjunto material relacionado con la
celebración de un gran banquete que nos permite rastrear la influencia mediterránea de
las poblaciones peninsulares tras la colonización fenicia. El hallazgo está compuesto por
elementos de bronce, entre los que destaca un caldero de 1 m de diámetro, una parrilla,
tres jarros, un quemaperfumes, varios anzuelos o un colador; y por una completa vajilla
cerámica compuesta por fuentes y cuencos pintados a bandas y 19 copas de imitación
griega. En la misma habitación se practicó una fosa en la que se tiraron los restos de la
carne consumida y de medio millar de conchas de río. Este banquete ritual, realizado en
torno a un altar en forma de piel de toro extendida, está directamente relacionado con la
hecatombe y la clausura del edificio.
Es por ello que se procedió a dictar Resolución, de 3 de junio de 2020, de la Consejera
de Cultura, Turismo y Deportes, de incoación de expediente para la declaración como
Bien de Interés Cultural a favor del conjunto arqueológico de «Casas del Turuñuelo», en
el término municipal de Guareña (Badajoz), con la categoría de Zona Arqueológica.
La resolución fue publicada en el DOE n.º 109, de 8 de junio de 2020 y en el BOE
n.º 189, de 10 de julio de 2020. De la misma forma se procedió a su comunicación al
Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte donde aparece
inscrito con el código provisional 30154.
Dando cumplimiento a la citada resolución, se procedió a practicar la notificación a
los interesados en el procedimiento, así como al ayuntamiento de Guareña, constando
en el expediente las correspondientes acreditaciones de haber sido recibidas por los
mismos. Las alegaciones recibidas han sido contestadas, constando en el expediente.
Asimismo, se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se
refiere el artículo 4.1 de la citada Ley 2/1999, siendo ambos favorables. Igualmente,
se ha obtenido el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Badajoz.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del Estatuto de
Autonomía de Extremadura y el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de
Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Cultura,
Turismo y Deportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura, en sesión celebrada el día 28 de abril de 2020, dispongo:
Artículo 1.
La declaración del conjunto arqueológico de «Casas del Turuñuelo», sito en el
término municipal de Guareña (Badajoz), como Bien de Interés Cultural con la categoría
de Zona Arqueológica, de acuerdo con las especificaciones de los Anexos que se
acompañan.

Publicar en el «Diario Oficial de Extremadura» y en el «Boletín Oficial del Estado» el
presente decreto, y notificar el mismo al Excmo. Ayuntamiento de Guareña (Badajoz) y al
resto de posibles interesados.
Artículo 3. Inscripción en los Registros.
Comunicar esta declaración al Ministerio de Cultura y Deporte, para su inscripción
definitiva en el Registro de Bienes de Interés Cultural.

cve: BOE-A-2021-9278
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Publicaciones.