III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Entidades de seguros. (BOE-A-2021-9226)
Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publica la aprobación por la autoridad de supervisión de Gibraltar de la cesión de cartera de Millennium Insurance Company Limited (Gibraltar) a MIC Insurance Company, SA.
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Núm. 131

Miércoles 2 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
9226

Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguros y
Fondos de Pensiones, por la que se publica la aprobación por la autoridad de
supervisión de Gibraltar de la cesión de cartera de Millennium Insurance
Company Limited (Gibraltar) a MIC Insurance Company, SA.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio de
ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras,
que establece como objetivo la protección de los asegurados, y de conformidad con el
artículo 102.3 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación,
supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, se pone en
conocimiento del público en general, y de los asegurados en particular, que la autoridad
de supervisión de Gibraltar (Financial Services Commission) ha comunicado la
aprobación, con fecha 15 de abril de 2021, de la cesión de cartera de la entidad
domiciliada en Reino Unido, Millennium Insurance Company Limited (Gibraltar), que
actúa en España en régimen de libre prestación de servicios con clave administrativa
L-0391, a la entidad domiciliada en Francia, MIC Insurance Company SA, que actúa en
España en régimen de libre prestación de servicios con clave administrativa L-1412.
Se advierte que, en el caso de los contratos de seguro por los que se asuman
compromisos o riesgos localizados en España, los tomadores podrán ejercer el derecho
de resolución de los mismos en el plazo de un mes desde la presente publicación,
teniendo derecho asimismo al reembolso de la parte de prima no consumida.

cve: BOE-A-2021-9226
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 19 de mayo de 2021.–El Director General de Seguros y Fondos de
Pensiones, Sergio Álvarez Camiña.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X