III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2021-9222)
Orden APA/541/2021, de 28 de mayo, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios en relación con el seguro de explotaciones de hortalizas bajo cubierta, en la Península y en la Comunidad Autónoma de Illes Balears, comprendido en el cuadragésimo segundo Plan de Seguros Agrarios Combinados.
25 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Miércoles 2 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 67730

VII.2 Hortalizas de recolección escalonada
Cultivo

Duración máxima de garantías

Berenjena.

10 meses
Ciclo largo: 6 meses.
Ciclo corto: 4,5 meses.

Calabacín.
Calabaza.

6 meses

Judía verde.

4,5 meses

Melón.

4,5 meses
Ciclo largo: 8 meses.
Ciclo corto: 6 meses.

Pepino.
Pimiento.

10 meses (1)

Sandía.

4,5 meses
Ciclo corto: 6 meses.
Resto de ciclos:
Bajo malla: 8 meses.
Bajo multitúnel y multicapilla: 10 meses.
Resto de invernaderos: 9 meses.

Tomate.

Resto hortalizas aprovechamiento fruto.
(1)

5 meses

Será 11 meses para el pimiento en cultivo hidropónico.

ANEXO VIII
Periodos de suscripción
Periodo de suscripción
Cobertura de virosis (*)
Con cobertura de virosis

Periodo de siembra o trasplante Ciclo
Módulo 1

Módulos 2, 3 y P

01.06.2021 a 31.07.2021

3

SI, solo para el pimiento Opcional solo para pimiento

01.08.2021 a 30.11.2021

1

SI

Opcional

01.12.2021 a 31.03.2022

2

SI

Opcional

01.04.2022 a 31.05.2022

4

NO

Inicio

Final

Sin cobertura de virosis
Inicio

Final

01.06.2021 15.09.2021 01.06.2021 31.10.2021
01.12.2021 31.01.2022




01.12.2021 30.04.2022

cve: BOE-A-2021-9222
Verificable en https://www.boe.es

(*) Se garantiza el riesgo de virosis en los cultivos de berenjena, calabacín, judía verde, melón, pepino,
pimiento, sandía y tomate, de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Illes Balears, Cataluña,
Extremadura, Región de Murcia y Comunidad Valenciana, cuyos invernaderos cumplan las características del
anexo III. Además, para tener la cobertura de virosis, las declaraciones de seguro se deberán suscribir antes
de que transcurran quince días desde que se sembró o trasplantó la primera parcela.