V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CONSUMO. (BOE-B-2021-27841)
Extracto de la Resolución de 17 de mayo de 2021, del Ministro de Consumo por la que se convocan becas de formación para el programa de trabajo del Consejo de Consumidores y Usuarios para el ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Miércoles 2 de junio de 2021

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V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CONSUMO

27841

Extracto de la Resolución de 17 de mayo de 2021, del Ministro de
Consumo por la que se convocan becas de formación para el programa
de trabajo del Consejo de Consumidores y Usuarios para el ejercicio
2021.

BDNS(Identif.):566660
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
566660)
Primero. Beneficiarios:
Podrán solicitar las becas convocadas en la presente resolución, las personas
que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser español, nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o de
cualquier nacionalidad siempre que se acredite la residencia legal en España, de
conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España y de su integración social.
b) Estar en posesión o en condiciones de obtener la acreditación de la
titulación universitaria de licenciatura o grado en la fecha de la convocatoria. Los
títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán
estar homologados o reconocidos y producir pleno efectos jurídicos en la citada
fecha.
c) Dominio del idioma español. Sólo se requerirá el certificado, título o diploma
que acredite el conocimiento de la lengua equivalente al nivel C1 del Marco
Europeo Común de Referencia para las lenguas, en los casos en que se trate de
candidatos no españoles y que lleven residiendo en España por un periodo inferior
a cinco años en el momento de presentación de la solicitud.
d) Si se trata de un título obtenido en el extranjero, es preciso acreditar que se
está en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su
homologación.
e) No haber disfrutado anteriormente de una beca del programa de formación
del Consejo de Consumidores y Usuarios.

g) La finalización de los estudios de licenciatura, grado o master oficial deberá
haber tenido lugar en los cinco años anteriores a la fecha de la convocatoria.
Segundo. Objeto:
La concesión de cuatro becas para la formación práctica de titulados
superiores en materia de consumo, en el Consejo de Consumidores y Usuarios, en

cve: BOE-B-2021-27841
Verificable en https://www.boe.es

f) No estar incurso en ninguna de las causas de inhabilitación prevista en el
artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.