III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2021-9162)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para la realización de prácticas externas en la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha y en las Subdelegaciones del Gobierno en Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Martes 1 de junio de 2021

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e) Cumplir con las obligaciones en materia de Seguridad Social (en particular, alta
en el Régimen General de la Seguridad Social y afiliación) que la normativa vigente
establezca respecto de los estudiantes participantes en las prácticas.
Octava. Naturaleza de la relación entre el alumnado y la Delegación del Gobierno en
Castilla-La Mancha y Subdelegaciones del Gobierno en Albacete, Ciudad Real,
Cuenca y Toledo.
La relación entre la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha y
Subdelegaciones del Gobierno en Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo y los
estudiantes en prácticas no supondrá más compromiso que el derivado del presente
convenio, no existiendo en ningún caso relación estatutaria o laboral entre ambas partes
ni implicará para la Administración General del Estado obligación contributiva alguna, al
tratarse de prácticas no remuneradas.
Asimismo, la realización de las prácticas académicas en la Delegación del Gobierno
en Castilla-La Mancha y en las Subdelegaciones del Gobierno en Albacete, Ciudad Real,
Cuenca y Toledo no supondrá la consideración de mérito para el acceso a la función
pública ni será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios
previos.
Resultarán de aplicación a los estudiantes en prácticas las obligaciones en materia
de Seguridad Social que deriven de la Disposición Adicional Quinta del Real DecretoLey 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras
medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo y su normativa de desarrollo,
correspondiendo a la Universidad –y no a la Administración General del Estado– el
cumplimiento de las mismas.
Novena.

Seguro. Cobertura de riesgos.

El estudiante que participe en el programa de prácticas en la Delegación del
Gobierno en Castilla-La Mancha y en las Subdelegaciones del Gobierno en Albacete,
Ciudad Real, Cuenca y Toledo estará cubierto por el seguro escolar o, en su defecto, por
un seguro de accidentes para el periodo de prácticas, cuyos gastos en ningún caso
serán a cargo de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha o de las
Subdelegaciones del Gobierno en Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo. Si conforme
dispone la cláusula octava, resultarán de aplicación al estudiante en prácticas las
obligaciones en materia de seguridad social reguladas en la disposición adicional quinta
del Real Decreto-ley 28/2018 y en la normativa que lo desarrolle, los citados seguros no
resultarán precisos si la normativa aplicable previera para los supuestos regulados en la
disposición la cobertura por parte del Sistema Nacional de Salud de la prestación de
asistencia sanitaria. La Universidad deberá tener cubierto con un seguro la
responsabilidad civil las incidencias que pudieran derivarse de la realización de las
prácticas en la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha y en las Subdelegaciones
del Gobierno en Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo. No se aplicará el régimen de
cobertura de las normas laborales, dado que no hay contrato laboral en la relación
establecida entre el estudiante y la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha y
Subdelegaciones del Gobierno en Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo.
Régimen de permisos.

El régimen de permisos del estudiante será consensuado entre el tutor académico de
la Universidad y el tutor de la Administración.
No obstante el estudiante tendrá derecho a los permisos necesarios para asistir a los
exámenes, pruebas de evaluación y otras actividades obligatorias de sus estudios, así
como la asistencia, en su caso a las reuniones de los órganos de gobierno de la
Universidad o visitas médicas debidamente justificadas. Para ello, deberá comunicarlo
previamente y con antelación suficiente al tutor designado por parte de la Administración.

cve: BOE-A-2021-9162
Verificable en https://www.boe.es

Décima.