III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-9164)
Resolución de 24 de mayo de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio con Industria de Diseño Textil, SA, para el mecenazgo de la colección del museo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Martes 1 de junio de 2021

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II. La Cláusula Quinta del Convenio citado en el apartado precedente establece que
«El presente Convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El MNCARS se compromete a informar al colaborador de estos hechos tan pronto
ocurran. El plazo de vigencia del Convenio será de 1 (un) año. Las partes podrán
acordar expresamente y por escrito su prórroga, conforme a lo dispuesto en el
artículo 49.h) 2.º de la citada Ley 40/2015».
III. Por su parte, la cláusula octava del Convenio prevé la posibilidad de que este
sea modificado por acuerdo unánime de los firmantes, según lo previsto en el artículo 49
letra g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
IV. Los excelentes resultados de la experiencia acumulada justifican la decisión de
ambas partes de consolidar la relación de colaboración en el ámbito de la presentación
de las colecciones del MNCARS, mediante la prórroga del Convenio así como su
modificación para actualizar su contenido a la normativa vigente, a cuyo fin las partes
ACUERDAN
Primero.
Prorrogar por un plazo de 1 (un) año la vigencia del Convenio firmado por las partes
el 25 de mayo de 2020 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 12 de junio
de 2020. La presente adenda (en adelante, la «Adenda») surtirá efectos a partir de que,
una vez firmada, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publicará asimismo en el
Boletín Oficial del Estado.
Segundo.
Se modifica la cláusula 6 del Convenio («Confidencialdiad») según se indica a
continuación:
– Se atribuye a la cláusula un nuevo título: «Confidencialidad, protección de datos de
carácter personal y código de conducta y prácticas responsables».
– Se añade un nuevo apartado 6.4 con la siguiente redacción:
«MNCARS declara conocer y se compromete a respetar los principios
recogidos en el «Código de Conducta y Prácticas Responsables del Grupo
Inditex» y, en particular, a cumplir en todo momento la normativa anticorrupción
que le sea de aplicación y las directrices que en esta materia tiene aprobadas el
Grupo Inditex, disponibles en www.inditex.com».

«Las Partes se comprometen a respetar en todo momento la normativa vigente
en la materia de protección de datos de carácter personal en el contexto de la
operación de este contrato, fundamentalmente el Reglamento 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo del 27 de abril de 2016 relativo a la protección
de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a
la circulación de estos datos (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de Derechos Digitales
(LOPDGDD) y resto de normativa vigente (LOPD) y su normativa de desarrollo.»
Inditex informa a los firmantes y personas de contacto del presente Convenio (en
adelante, los "Firmantes y Personas de Contacto") de que tratará sus datos personales
como responsable del tratamiento para fines relacionados con el mantenimiento y

cve: BOE-A-2021-9164
Verificable en https://www.boe.es

– Se añade un nuevo apartado 6.5 con la siguiente redacción: