II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Funcionarios de la Administración del Estado. (BOE-A-2021-9102)
Orden CUD/537/2021, de 26 de mayo, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Martes 1 de junio de 2021

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
9102

Orden CUD/537/2021, de 26 de mayo, por la que se convoca la provisión de
puestos de trabajo por el sistema de libre designación, en el Instituto de la
Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la
Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el Título III, Capítulo III del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal
al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración del
Estado,
Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre
designación, de los puestos de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente
orden, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios
que reúnan los requisitos que se establecen para el desempeño del mismo.
Segunda.
Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que
figura como anexo II, a la Secretaría General del Instituto de la Cinematografía y de
las Artes Audiovisuales (Plaza del Rey, 1, 4.ª planta), dentro del plazo de 15 días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado», y las presentarán en el Registro del Ministerio de
Cultura y Deporte, o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Tercera.
Los aspirantes acompañarán a la solicitud un curriculum vitae en el que harán
constar los títulos académicos y experiencia profesional que posean, además de
cualquier otra circunstancia y mérito que consideren oportuno poner de manifiesto,
incluido su conocimiento de idiomas.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en
el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado Central de lo ContenciosoAdministrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 9, a) y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o,
potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante
el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123

cve: BOE-A-2021-9102
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Cuarta.