III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-9047)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para el funcionamiento del Plan de Empleo 2020-2021 en Ceuta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Lunes 31 de mayo de 2021

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Ley 36/2020, de 30 de diciembre), este Convenio resultará eficaz con la inscripción en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, fecha en que comenzará a computarse su duración, y mantendrá su
vigencia durante el periodo de un año. Asimismo será publicado en el Boletín Oficial del
Estado.
Novena.

Causas de extinción.

Además de la expiración del plazo de vigencia previsto en la cláusula octava y la
imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin propuesto, el presente Convenio quedará
extinguido por la concurrencia de las causas de resolución contempladas en el
artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La resolución del Convenio no conllevará ningún tipo de indemnización para ninguna
de las partes.
En todo caso, deberán finalizarse las actuaciones y actividades que se estén
desarrollando o pendientes, en un plazo improrrogable acordado por las partes, a
propuesta de la Comisión de Seguimiento, trascurrido el cual el Convenio será objeto de
liquidación en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 52 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre.
Décima.

Régimen de Protección de Datos personales.

Las entidades firmantes manifiestan y garantizan que la obtención y el tratamiento de
los datos de carácter personal recabados para la gestión de las prácticas derivadas del
mismo, se han realizado de acuerdo con lo dispuesto en Reglamento General de
Protección de Datos –Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril–, en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y demás normativa que resulte de aplicación.
Ambas partes se comprometen a no hacer uso de los datos para una finalidad
distinta que la que motiva el desarrollo del presente Convenio, a no comunicarlos a
terceros sin consentimiento de los interesados, así como a cumplir con las medidas de
seguridad y demás obligaciones derivadas de la legislación de protección de datos de
carácter personal.
Asimismo, las entidades firmantes del Convenio quedan exoneradas de cualquier
responsabilidad que se pudiera generar por incumplimiento de las obligaciones
anteriores efectuada por cualquiera otra parte.
En caso de quebrantamiento de las obligaciones asumidas, la entidad que las
hubiera quebrantado responderá de las infracciones en que hubiera incurrido.

cve: BOE-A-2021-9047
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman el presente Convenio electrónicamente, tomándose como fecha de
formalización del presente documento la fecha del último firmante (anteriormente
indicada).–Por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, el Secretario de
Estado de Política Territorial y Función Pública, P. D. F. (Resolución de 26 de noviembre
de 2020), la Delegada del Gobierno, Salvadora del Carmen Mateos Estudillo.–Por la
Universidad de Granada, la Rectora, María Pilar Aranda Ramírez.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X