III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-9051)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico El Escudo de 151,2 MW, en Campoo de Yuso, Luena, San Miguel de Aguayo y Molledo (Cantabria)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Lunes 31 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
9051

Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Parque eólico El Escudo de 151,2 MW, en Campoo
de Yuso, Luena, San Miguel de Aguayo y Molledo (Cantabria)».

El proyecto se encuentra en el apartado i) del grupo 3, del anexo I de la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por lo que, habiéndose sometido a
evaluación de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de
conformidad con lo establecido en su artículo su artículo 7.1.a), procede formular su
declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 41 de la citada Ley.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la
evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto
ambiental (EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas,
así como la documentación complementaria elaborada por el promotor en junio de 2020.
A.

Identificación del promotor del proyecto y del órgano sustantivo. Descripción
del proyecto y de los elementos ambientales significativos de su entorno

A.1

Promotor y órgano sustantivo del proyecto.

El promotor del proyecto es Biocantaber, S.L.
El órgano sustantivo es la Dirección General de Política Energética y Minas.
A.2 Descripción del
Localización. Alternativas.
A.2.1

proyecto:

Objeto

y

justificación.

Descripción

sintética

Objeto y justificación.

A.2.2

Localización.

El parque eólico se localiza en la Sierra el Escudo y su prolongación al noroeste del
Embalse de Alsa. Los aerogeneradores se ubicarán en dos cordadas con una
orientación sureste-noroeste. La primera está formada por los aerogeneradores del 1
al 29 y se asienta sobre el cordal del Escudo, y la segunda sobre el cordal existente
entre los parajes de Piedra Lucía y Hoyo de los Vallados. Los municipios afectados son

cve: BOE-A-2021-9051
Verificable en https://www.boe.es

El objeto del proyecto es la construcción de un parque eólico de 151,2 MW de
potencia, compuesto por 36 aerogeneradores, sus líneas subterráneas a 30 kV hasta la
subestación transformadora del parque a 30/220 kV «Hoyo de los Vallados», y una línea
aérea a 220 kV «Hoyo de los Vallados-Aguayo» que unirá la subestación del parque con
la subestación existente en Aguayo para la evacuación de la energía generada.