IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-27382)
BADAJOZ
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Lunes 31 de mayo de 2021

Sec. IV. Pág. 35467

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

27382

BADAJOZ

D.ª Lucía Peces Gómez, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo de lo
mercantil 1 de Badajoz,
Por el presente, hago saber:
Que en los autos seguidos en este órgano judicial Sección I Declaración
concurso 361/20, del deudor DÑA Rebeca Silva Sánchez, dni 76257492A, con
domicilio en calle Rambla Mártir Santa Eulalia 44b, 2 izq, 06800 Mérida (Badajoz)
se ha dictado con fecha 17/5/21 auto con el siguiente contenido:
1.- Que acuerdo Conceder el beneficio de Exoneración de pasivo insatisfecho
con carácter Definitivo con los efectos a ello inherentes, exoneración que alcanza a
la totalidad de créditos insatisfechos, exceptuando los créditos por alimentos, sin
que alcance a los obligados solidarios, fiadores y avalistas del concursado.
Dicha declaración está sujeta a su posible revocación en los casos del artículo
492 del TRLC.
2.- Declarar la Conclusión del presente concurso voluntario instado por la
Procuradora Lorena Ruiz Aledo, de Rebeca Silva Sanchez dni 76257492A por
insuficiencia de bienes y derechos que integran el patrimonio del deudor.
3.-. Archivar definitivamente las actuaciones. Librar testimonio de la presente,
llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.
4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de Administración y
disposición del deudor hasta ahora subsistentes.
5.- Notifíquese la presente resolución a la concursada, Administración
Concursal y resto de personados.
Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos del art.
552 Y 556 trlc expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos. A tal efecto,
líbrense los oportunos edictos y mandamientos, librándose edictos que se fijarán
en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda
gratuita.
Dada la conclusión del concurso por insuficiencia de bienes y derechos del
deudor, persona física, procede la remisión de mandamiento dirigido al Registro
Civil, conteniendo testimonio de la resolución

Badajoz, 20 de mayo de 2021.- La Letrada de la administracion de justicia,
Lucía Peces Gómez.
ID: A210035466-1

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6.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración
concursal integrada por D Ismael Soto Teodoro, declarando su cese.