V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2021-27531)
Anuncio del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra por el que se somete a información pública la solicitud de Autorización Administrativa Previa y el Estudio de Impacto Ambiental del Parque Eólico Siroco, de 61’6 MW, situado en el término municipal de Cerdedo-Cotobade (Pontevedra), Parque Eólico Tramontana, de 72’8 MW, situado en los términos municipales de Forcarei y Silleda (Pontevedra), y su infraestructura de evacuación, situada en los términos municipales de Cerdedo-Corobade, Forcarei (Pontevedra) y Beariz (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de mayo de 2021

Sec. V-B. Pág. 35679

tensión 30/132 kV): con el objetivo de evacuar la energía generada, se construirá
una subestación en el parque eólico, para elevar la tensión de la red de interna del
parque (30 kV) al nivel del punto de interconexión previsto con la línea de
evacuación (132 kV). Las dimensiones aproximadas en planta de la subestación
serán de 35 metros x 28 metros. Término municipal de Forcarei (provincia de
Pontevedra).
Línea de evacuación Tramontana-Penizas: la línea evacuará a 132 kV la
energía generada en el parque eólico Tramontana desde la SET PE Tramontana
(30/132 kV) hasta la SE PE As Penizas (30/132 kV; subestación en tramitación
ante la administración autonómica, sobre la que se proyectan actuaciones de
modificación para dar entrada a esta línea); simple circuito, con una longitud
aproximada de 10.173 metros. Término municipal de Forcarei (provincia de
Pontevedra).
Línea de evacuación Penizas-Paraño: línea a 132 kV que evacúa la energía
procedente de varios parques, concentrada en la SE PE As Penizas, hasta el
punto de conexión con la red. Términos municipales de Forcarei y CerdedoCotobade (provincia de Pontevedra) y Beariz (provincia de Ourense).
Presupuesto: 60.737.912’82 €
Los procedimientos en los cuales se encuadra este trámite de información
pública están reglados en el artículo 53.1.a de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre
(referido como "Autorización Administrativa Previa"); en el artículo 122 y siguientes
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en su redacción dada por el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio (referido como "Autorización Administrativa"); y
en el Título II, Capítulo II, Sección 1ª de la Ley 21, 2013, de 9 de diciembre
("Procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria para la formulación
de la declaración de impacto ambiental").
Corresponde a la Dirección General de Política Energética y Minas, del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, dictar la resolución
de Autorización Administrativa Previa de las instalaciones. Corresponde a la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, del mismo ministerio,
formular la Declaración de Impacto Ambiental. Corresponde a la Dependencia del
Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra (que
actúa además sobre la provincia de Ourense) la tramitación de ambos
procedimientos; con tal motivo, esta Dependencia es el órgano ante el que pueden
presentarse alegaciones.
Todo lo anterior se hace público para que pueda ser examinado el expediente
y, en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente a la publicación de
este anuncio, formularse las alegaciones que se estimen oportunas, dirigidas a la
Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Pontevedra, a través el Registro Electrónico de la Administración General del
Estado (https://rec.redsara.es) o por cualquier otro de los medios establecidos en
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se advierte que las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y
otros sujetos identificados en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
están obligados a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones
Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento
administrativo. Con tal motivo, las alegaciones formuladas por cualquiera de esos

cve: BOE-B-2021-27531
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 129