III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-8983)
Resolución 420/38188/2021, de 21 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pontificia Comillas, para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa y la realización de acciones en áreas de interés común.
12 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 66221

Al presente anexo se incorporarán las declaraciones de conformidad de los
estudiantes, por las que afirman conocer las condiciones de realización de las prácticas,
sus derechos y sus deberes.–Por el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la
Defensa, Teodoro Esteban López Calderón.–Por la Universidad Pontificia Comillas, el
Rector Magnífico, Julio L. Martínez Martínez.
Declaración de conformidad del estudiante al Convenio entre el Ministerio de
Defensa y la Universidad Pontificia Comillas para la realización de prácticas
académicas externas en el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional
(CESEDEN)
El estudiante, abajo firmante, declara su conformidad para realizar prácticas, al
amparo del convenio arriba citado, ateniéndose a la normativa vigente y se compromete a:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la
universidad.
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por la unidad colaboradora del Ministerio de Defensa bajo
la supervisión del tutor académico de la universidad.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la universidad durante el desarrollo
de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria
final que le sean requeridos.
d) Incorporarse a la unidad colaboradora del Ministerio de Defensa en la fecha
acordada, cumplir el horario previsto en el Proyecto Formativo y respetar las normas de
funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
e) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con la unidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaborar la memoria final de las prácticas, prevista en el artículo 14 del
Real Decreto 92/2014, de 11 de julio, y, en su caso, el informe intermedio según
instrucciones de la Universidad.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la unidad
colaboradora del Ministerio de Defensa y guardar secreto profesional sobre sus
actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia el Ministerio de
Defensa, salvaguardando el buen nombre de la universidad a la que pertenece.
Asimismo, reconoce los siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor de la Universidad y por un profesional que preste servicios en la unidad
colaboradora del Ministerio de Defensa donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la Universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la unidad colaboradora del Ministerio
de Defensa donde ha realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad
desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
d) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
e) A recibir, por parte de la unidad colaboradora del Ministerio de Defensa,
información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
f) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a la unidad colaboradora del
Ministerio de Defensa.

cve: BOE-A-2021-8983
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 128