III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2021-8994)
Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el Convenio con la Confederación Española de Organizaciones Empresariales y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa, para la identificación de cargas administrativas y su reducción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Sábado 29 de mayo de 2021

B)

Sec. III. Pág. 66274

Jornadas y foros de discusión con empresarios.

Con el fin de que los distintos agentes económicos y empresariales puedan
manifestar directamente, a la CEOE y la CEPYME y a la propia Administración, cuáles
son las trabas más importantes que afectan a las empresas en los sectores objeto del
Convenio, la CEOE y la CEPYME, organizarán al menos dos actividades con
empresarios, que se celebrarán preferiblemente antes del 30 de octubre de 2021. Dichas
actividades se podrán realizar tanto de forma presencial como a distancia, haciendo uso
para ello de medios electrónicos.
Asimismo, en el desarrollo de estas actividades, la CEOE y la CEPYME darán
publicidad a la política de reducción de cargas administrativas de la Administración
General del Estado, así como a los distintos proyectos relacionados con la reducción de
cargas administrativas que soportan las empresas.
2.

Difusión y comunicación:

Se realizarán actuaciones para dar a conocer entre los empresarios los esfuerzos
desarrollados en materia de reducción de cargas administrativas por parte del MINPTFP,
así como los informes, actividades o servicios que se consideren necesarios o
convenientes para el buen desarrollo de este Convenio.
Con carácter general, dichas actividades o servicios podrán ir dirigidos a la
realización de iniciativas de difusión sobre las actividades realizadas en este ámbito, al
estudio e intercambio de información entre las partes firmantes, al diseño, recopilación
de información, contraste de iniciativas e implantación de actuaciones de la
Administración General del Estado sobre mejora de la regulación y reducción de trámites
administrativos, así como a la consolidación de la comunicación e intercambio de
información entre el MINPTFP y la CEOE y la CEPYME.
En cualquier tipo de actividad de difusión y comunicación, la CEOE y la CEPYME
darán publicidad de la participación del MINPTFP en la financiación de este Convenio.
3.

Estructura de apoyo en CEOE-CEPYME:

Durante la vigencia del Convenio, y con el fin de dar cumplimiento a su objeto,
CEOE-CEPYME podrán disponer de un consultor externo y un equipo multidisciplinar de
CEOE-CEPYME, apoyados en la propia red de CEOE-CEPYME. El consultor
desarrollaría el trabajo encomendado por CEOE-CEPYME con los medios humanos y
materiales de su propia consultoría.
El personal de CEOE-CEPYME dedicado a las actividades del Convenio podrá ser
propio o subcontratado a tal fin.
Otras actividades:

Cuantas otras actividades o servicios se consideren necesarios o convenientes para
el buen desarrollo del Convenio, en particular la realización de iniciativas de difusión
sobre las actividades realizadas en este ámbito.
Entre estas actividades pueden encuadrarse el desarrollo de laboratorios de ideas
para la reducción de cargas administrativas y simplificación de procedimientos que el
MINPTFP podría promover, con el fin de fomentar la implicación de los órganos gestores
y expertos de los sectores afectados. En este contexto, CEOE-CEPYME podrían
participar directamente o a través de la designación de representantes entre
profesionales con experiencia en la materia de que se trate.

cve: BOE-A-2021-8994
Verificable en https://www.boe.es

4.