III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2021-8986)
Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Sábado 29 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
8986

Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Gestores
Administrativos de Galicia.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Gestores Administrativos de Galicia un Convenio de colaboración en materia de Gestión
Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio,
que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 24 de mayo de 2021.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Galicia, en materia de
Gestión Catastral
En Madrid y A Coruña, a once de mayo del año dos mil veintiuno.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre)
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo 17
de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias y por la
que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de
subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE de 18 de
febrero de 2021).
De otra parte, doña Pilar Otero Moar, Presidenta del Colegio Oficial de Gestores
Administrativos de Galicia, elegida en la Junta General de Colegiados en fecha 23 de
marzo de 2018, que ostenta la representación del Colegio en virtud del artículo 35 de sus
Estatutos aprobados por Decreto 60/2004, de 26 de febrero, de la Consellería de
Justicia, Interior y Administración Local de la Xunta de Galicia (DOG de 26 de marzo
de 2004).
EXPONEN

El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y se modifica el Real

cve: BOE-A-2021-8986
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Primero.