I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2021-8975)
Real Decreto 297/2021, de 27 de abril, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Comercio y Marketing, Energía y Agua, Hostelería y Turismo, Instalación y Mantenimiento, Madera, Mueble y Corcho, Marítimo-Pesquera y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Hostelería y Turismo, Instalación y Mantenimiento, Madera, Mueble y Corcho, Marítimo-Pesquera y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecidas por determinados reales decretos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de mayo de 2021

Sec. I. Pág. 65346

relacionados con la estructura de la explotación, con el ciclo reproductivo y partos, con la
producción de gazapos, con la lactación, con la transición y el cebo. Información sobre
control ambiental de la explotación: temperatura, humedad y ventilación. Información de
bioseguridad: relacionada con la entrada de conejos, con la de vehículos, con la de otros
animales, con la de personas. Información sobre contagio ambiental de enfermedades
y transmisión aérea de patógenos. Protocolos de limpieza y desinfección según
procedimientos, y de desinsectación y desratización. Información sobre de programas
sanitarios, tipos de medicamentos, administración y manejo y almacenaje de estos. Registro
de tiempos de espera antes del sacrificio. Fichas técnicas sobre composición nutritiva del
alimento. Registros de animales reproductores, partos, postpartos, lactancias, periodos
de transición y cebo. Registro del control ambiental de la explotación cunícola. Fichas
técnicas sobre necesidades nutritivas en conejos dependiendo de su momento productivo.
Protocolos internos de actuación en la explotación. Normativa reguladora de la actividad.
Partes o estadillos de producción. Gráficos de control de producción, de prolificidad, de
productividad. Protocolos de gestión de residuos, protocolos de bioseguridad.

UNIDAD DE COMPETENCIA 2: MONTAR Y MANTENER LAS INSTALACIONES,
MAQUINARIA Y EQUIPOS DE LA EXPLOTACIÓN GANADERA
Nivel: 2
Código: UC0006_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Montar instalaciones y equipos de la explotación ganadera con los materiales
requeridos, según el medio y sistema de producción, para asegurar las actividades de la
misma, siguiendo las especificaciones técnicas y cumpliendo la normativa aplicable.
CR1.1 Los elementos, materiales, útiles y herramientas requeridas en el montaje
de las instalaciones y equipos se seleccionan, atendiendo el medio y sistema de
producción.
CR1.2 El terreno de montaje de las instalaciones y equipos se prepara, empleando
las máquinas, equipos, útiles y herramientas requeridas al sistema productivo de la
explotación ganadera.
CR1.3 Las estructuras básicas de las instalaciones y equipos se montan, siguiendo
las especificaciones técnicas.
CR1.4 Los sistemas de la instalación, correspondiente a la explotación ganadera
se verifican periódicamente, detectando posibles alteraciones de los parámetros de
funcionamiento o averías.
CR1.5 Las averías sencillas de los sistemas se reparan, sustituyendo en caso
requerido los elementos averiados o desgastados.
RP2: Acondicionar las instalaciones para mantenerlas en el estado establecido en las
especificaciones técnicas, cumpliendo la normativa aplicable.
CR2.1 Los productos y procedimiento de limpieza, desinfección, desinsectación
y desratización, autorizados se seleccionan, preparándolos en función de las
operaciones a realizar; según el programa específico establecido y la normativa
aplicable.
CR2.2 Los locales e instalaciones se limpian por los procedimientos seleccionados,
comprobando que se encuentran libres de residuos orgánicos, y preparados,
acondicionados para su próximo uso, según los protocolos establecidos.

cve: BOE-A-2021-8975
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Núm. 128