IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-27086)
A CORUÑA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Sábado 29 de mayo de 2021

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IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

27086

A CORUÑA

Edicto
Doña Cristina Martínez García, Letrada de la Administración de la Justicia del
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña,
El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo
dispuesto en el art. 23.1 de la Ley Concursal,
Anuncia:
Que el Concurso arriba referenciado, de la entidad Keramat Sociedad limitada
unipersonal, con CIF B36853646, y domicilio social en rúa Palmeiras, nave A-3, 96,
Polígono Novo Milladoiro, 15895 Santiago de Compostela se ha dictado en fecha
2.03.2021 auto de apertura.
Parte dispositiva:
1.-Se tiene por solicitada por la representación de la concursada Keramat,
Sociedad Limitada, la liquidación de la de la entidad deudora.
2.-Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta, de liquidación,
que se encabezará con testimonio de esta resolución.
3.-Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de
administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los
efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.
4.-Se declara disuelta la entidad deudora Keramat, Sociedad Limitada, con CIF
B-36.853.646, con domicilio social en Calle/ Rúa das Palmeiras, 96, A-3, Parque
Empresarial Novo Milladoiro de Ames, Coruña, inscrita en el Registro Mercantil de
Santiago de Compostela, Hoja SC-23.692, Tomo 2.292, Folio 107. Cesando en su
función sus administradores, que son sustituidos por la administración concursal,
sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el
procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
5.-Se rehabilita al administrador concursal D. Agustín Martínez Rodríguez.

7.-En el plazo de QUINCE DÍAS computados desde la notificación de esta
resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de
los bienes y derechos integrados concursal integrados en la masa activa del
concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal (416
Texto refundido de la Ley Concursal).
Notifíquese a las partes.

cve: BOE-B-2021-27086
Verificable en https://www.boe.es

6.-Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en
el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE, así como en el Registro Público
Concursal, si estuviere operativo. Inscríbase, asimismo, en los Registros
correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos
mandamientos.