II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2021-8892)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

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7. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de inversión. Gastos de
transferencias: corrientes y de capital. Anticipos de caja fija. Pagos «a justificar».
Justificación de libramientos.
8. Los ingresos públicos: concepto y clasificación. El sistema tributario español:
régimen actual. Especial referencia al régimen de tasas y precios públicos.
9. Nóminas: estructura y normas de confección. Altas y bajas, su justificación.
Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos económicos.
10. La Seguridad Social: evolución. Caracteres generales del sistema español. El
régimen general y los regímenes especiales. La acción protectora de la Seguridad
Social. Tipos y características de las prestaciones. Régimen de incompatibilidades.
Prescripción y caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas.
ANEXO X
Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso,
por promoción interna, para personal funcionario y personal laboral fijo, al Cuerpo
de Gestión de la Administración Civil del Estado
1. El número de plazas convocadas en el Cuerpo de Gestión de la Administración
Civil del Estado por el sistema de promoción interna será de 1.050 correspondientes al
Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo.
Del total de las plazas convocadas, se reservarán 53 para ser cubiertas por personas
con discapacidad con un grado igual o superior al 33 por ciento.
2. Además de los requisitos generales enumerados en la base décima de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos
específicos:
2.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes el título de Diplomado Universitario, Ingeniero
Técnico, Arquitecto Técnico o Grado, según lo previsto en el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, y de acuerdo con lo establecido en el Real
Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.
Asimismo, a estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado
Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura, conforme a lo
dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de
octubre.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión
de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
2.2 Pertenecer, como personal funcionario de carrera o como personal laboral fijo
encuadrado en el Anexo II del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la
Administración General del Estado, a alguno de los siguientes colectivos:
Personal funcionario de carrera:

a) De cuerpos o escalas del subgrupo C1 de la Administración General del Estado
(cuerpos o escalas del antiguo grupo C de la Ley 30/1984, de 2 de agosto).
b) De cuerpos o escalas postales y telegráficos adscritos al subgrupo C1 (cuerpos
o escalas postales y telegráficos del antiguo grupo C).
c) De cuerpos y escalas del subgrupo C1 de las demás Administraciones incluidas
en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que estén
desempeñando como funcionario de carrera un puesto de trabajo en la Administración
General del Estado y hayan obtenido destino definitivo en la misma (cuerpos o escalas
de las demás Administraciones del antiguo grupo C).

cve: BOE-A-2021-8892
Verificable en https://www.boe.es

2.2.1