II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2021-8892)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
97 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 64783

Todas las preguntas tendrán el mismo valor, puntuándose en cada una de ellas de
manera conjunta los conocimientos, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión
escrita y oral de los aspirantes.
b) Segunda parte: Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico
de 5 preguntas, a elegir entre dos propuestos relacionados con materias de los bloques
IV, V y VI del programa.
En esta segunda parte se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las
situaciones prácticas que se planteen, la sistemática, la capacidad de análisis y la
capacidad de expresión escrita y oral del aspirante.
El tiempo para la realización del segundo ejercicio será de un máximo de ciento
ochenta minutos.
El ejercicio será posteriormente leído en sesión pública ante la Comisión Permanente
de Selección, que determinará el lugar, fecha, hora y medio a través del cual se
celebrarán estas lecturas.
Una vez leído, la Comisión Permanente de Selección podrá realizar cuantas
preguntas considere necesarias durante un período máximo de veinte minutos.
4.2

Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la siguiente manera:

4.2.1 Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos, y será necesario obtener una
calificación mínima de 25 puntos para superarlo.
La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación directa mínima necesaria
que se debe alcanzar para superar el ejercicio. La puntuación directa mínima no podrá
ser inferior al 30 por ciento de la puntuación máxima obtenible.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de aquella que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
4.2.2 Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos de acuerdo con lo siguiente:
a) Primera parte: Se calificará de 0 a 20 puntos, y será necesario obtener una
calificación mínima de 10 puntos para superarla.
Para que pueda calificarse la segunda parte del ejercicio deberá alcanzarse una
puntuación directa mínima en la primera parte del 30 por ciento de la puntuación máxima
obtenible.
b) Segunda parte: Se calificará de 0 a 30 puntos, y será necesario obtener una
calificación mínima de 15 puntos para superarla. La Comisión Permanente de Selección
fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar en esta segunda
parte para superar el ejercicio.

Las puntuaciones directas mínimas que la Comisión Permanente de Selección fije
para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para
superarlos.
Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones
máximas de cada ejercicio.
4.2.4 La calificación final de la fase de oposición de los aspirantes vendrá
determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de
dicha fase.
En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma calificación total, se
deshará el empate atendiendo: primero, a la mayor calificación obtenida en el primer
ejercicio; segundo: atendiendo a la mayor calificación obtenida en la segunda parte del
segundo ejercicio. De persistir el empate, se aplicará el orden de actuación de los

cve: BOE-A-2021-8892
Verificable en https://www.boe.es

4.2.3 En los ejercicios de la fase de oposición, las calificaciones resultarán de la
transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos
por la Comisión Permanente de Selección, teniendo en cuenta lo siguiente: