II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-8913)
Resolución de 13 de mayo de 2021, de la Universidad de Vigo, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 64851

7.7 Las referencias a las necesidades y obligaciones docentes y al centro de
adscripción que pueda tener la convocatoria no supondrán derecho de vinculación
exclusiva a tal actividad docente y destino para quien tenga adjudicada la plaza.
Octava.

Comisión de Reclamaciones.

8.1 Contra la propuesta de la comisión, las personas admitidas en el concurso
podrán presentar reclamación ante el Rector de la Universidad de Vigo, en el plazo
máximo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación en el tablón
electrónico de la Universidad de Vigo. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá
el nombramiento hasta su resolución definitiva.
8.2 Las reclamaciones que se presenten se anunciarán en el tablón de anuncios de
la Sede Electrónica de la Universidad de Vigo, publicación que servirá de notificación
para todos los efectos. Las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días
hábiles para formular alegaciones en orden al contenido de la reclamación.
8.3 Las reclamaciones serán valoradas por la Comisión de Reclamaciones de la
Universidad de Vigo que examinará el expediente relativo al concurso, valorará los
aspectos puramente procedimentales, y verificará el efectivo respeto, por parte de la
Comisión de Selección, de la igualdad de condiciones de los candidatos y candidatas y
de los principios de mérito y de capacidad de los mismos en el procedimiento del
concurso de acceso. Resolverá en el plazo máximo de tres meses, ratificando o no la
propuesta reclamada. En este último caso, se retrotraerá el expediente hasta el
momento en que se produjo el vicio, debiendo la Comisión de Selección formular nueva
propuesta, tras lo que el rector dictará la resolución de acuerdo con la propuesta de la
Comisión de Reclamaciones.
8.4 Las resoluciones del rector a que se refiere el apartado anterior de este artículo
agotan la vía administrativa y serán impugnables directamente ante la jurisdicción
contencioso-administrativa, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Novena.

Devolución de la documentación presentada por los/las aspirantes.

La documentación presentada al concurso deberá ser retirada de la Secretaría
General, previa petición de la persona interesada, dentro del plazo de tres meses a
contar desde la finalización del procedimiento, o, en su caso, desde que la resolución
impugnada adquiera firmeza. La documentación que no fuese retirada en dicho plazo
será destruida.
Protección de datos.

De conformidad con el artículo 13 del Reglamento UE 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril, relativo a la protección de personas físicas en
personas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos, y con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de protección de datos y de garantía de los derechos digitales, los datos facilitados en la
solicitud serán tratados bajo la responsabilidad de la Universidad de Vigo, coa el
propósito de gestionar la tramitación de este concurso y amparados por la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y los Estatutos de la Universidad
de Vigo.
Con su participación en este concurso las personas interesadas autorizan a la
Universidad de Vigo para para la publicación de sus datos, de acuerdo a los principios de
publicidad y transparencia, cuando así se derive de la naturaleza de este concurso. No
obstante e con el fin de prevenir riesgos de la publicidad de datos personales de víctimas
de violencia de género, la persona afectada comunicará esta circunstancia con la mayor
celeridad a la Unidad de Igualdad de la Universidad de Vigo (986 813419 e
igualdade@uvigo.es).

cve: BOE-A-2021-8913
Verificable en https://www.boe.es

Décima.