IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-26815)
MADRID
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

Sec. IV. Pág. 34813

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

26815

MADRID

Edicto
D. Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 423/2012 del concursado D.
José María Gómez López con NIF 08955395 –T, por auto de fecha 29 de marzo de
2021 que fue anulado mediante Auto de 24 de mayo de 2021 y posteriormente por
Auto del mismo día se ha acordado la conclusión y archivo del mismo por
insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa.
176 bis 2 y 3.
2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del
deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de
calificación en su caso.
3º.- Se acuerda conceder con carácter provisional al deudor el BENEFICIO DE
LA EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO, que alcanzará a los créditos
concursales ordinarios y subordinados pendientes de pago.
Madrid, 25 de mayo de 2021.- Letrado de la Administración de justicia, Emilio
J. zornoza Arana.

cve: BOE-B-2021-26815
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X