I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Función pública. (BOE-A-2021-8880)
Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

Sec. I. Pág. 64548

Artículo 175. Prescripción, anotación y cancelación de las infracciones y de las
sanciones.
Artículo 176. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
Capítulo III.

Procedimiento disciplinario.

Artículo 177. Normas generales del procedimiento disciplinario.
Artículo 178. Normas específicas sobre la iniciación e instrucción del procedimiento
disciplinario.
Artículo 179. Normas específicas sobre la finalización del procedimiento
disciplinario.
Artículo 180. Medidas provisionales.
Artículo 181. Órganos competentes.
Título XI. La representación, negociación colectiva y participación institucional.
Artículo 182.
Capítulo I.

Derecho de representación.

Artículo 183.
Artículo 184.
Artículo 185.
Capítulo II.

Derechos individuales de ejercicio colectivo.

Las juntas de personal.
Garantías y derechos de los miembros de las juntas de personal.
Funciones de las juntas de personal.
Derecho de negociación colectiva.

Artículo 186. Mesas de negociación.
Artículo 187. Derechos de información de las organizaciones sindicales en las
mesas de negociación.
Artículo 188. Pactos y acuerdos.
Artículo 189. Solución extrajudicial de conflictos.
Capítulo III. Participación institucional y diálogo social.

Disposición adicional primera. Ámbito específico de aplicación.
Disposición adicional segunda. Personal laboral por tiempo indefinido no fijo, en
cumplimiento de sentencia judicial.
Disposición adicional tercera. Integración en los cuerpos, escalas o agrupación
profesional funcionarial de la Administración de la Generalitat.
Disposición adicional cuarta. Procedimientos de regularización de la relación
jurídica del personal laboral al servicio de las administraciones públicas valencianas.
Disposición adicional quinta. Directrices del proceso de modificación de la
clasificación de los puestos de trabajo y de la integración en los cuerpos, escalas o
agrupación profesional funcionarial de la Administración de la Generalitat.
Disposición adicional sexta. Normativa aplicable a los cuerpos funcionariales
existentes a la entrada en vigor de esta ley.
Disposición adicional séptima. Régimen jurídico de la integración en los cuerpos,
escalas y agrupación profesional funcionarial del personal funcionario procedente de
otras Administraciones Públicas mediante un proceso de transferencia.
Disposición adicional octava. Régimen jurídico de la integración en los cuerpos,
escalas y agrupación profesional funcionarial del personal laboral fijo procedente de
otras Administraciones Públicas, mediante un proceso de transferencia.
Disposición adicional novena. Cuerpos y escalas que coinciden con el ejercicio de
una profesión regulada.

cve: BOE-A-2021-8880
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Artículo 190. Participación institucional.
Artículo 191. Diálogo Social.