III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2021-8874)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Comunitat Valenciana, sobre intercambio recíproco de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de mayo de 2021

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a su cargo la custodia de los fondos, valores y créditos y las atenciones generales y de
los servicios de recaudación de derechos y pagos de las obligaciones del sistema de la
Seguridad Social.
El Real Decreto 1314/84, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y
competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social (en adelante TGSS),
atribuye en su artículo 1.a) las competencias en materia de inscripción de empresas y la
afiliación, altas y bajas de los trabajadores, materia regulada posteriormente por el
artículo 3 del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas y
bajas de los trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 84/1996,
de 26 de enero. A tales efectos, en virtud de lo establecido en el artículo 52 del citado
Reglamento, corresponde a la TGSS el mantenimiento de un registro de personas
trabajadoras con la correspondiente identificación por cada Régimen del Sistema de la
Seguridad Social, así como de las personas beneficiarias y demás personas sujetas a la
obligación de cotizar. Asimismo el citado Real Decreto 1314/1984 en su artículo 1.b)
atribuye a la TGSS las competencias en materia de gestión y control de la cotización y
de la recaudación de las cuotas y demás recursos de financiación del sistema de la
Seguridad Social. Materias reguladas posteriormente en el Reglamento General de
Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de
junio y en el Real Decreto 2064/1995 de 22 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros derechos de la Seguridad
Social.
2. El marco competencial de las instituciones que integran la Administración de la
Generalitat de la Comunitat Valenciana viene establecido en su Estatuto de Autonomía,
aprobado por la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, y modificado por las Leyes
Orgánicas 1/2006, de 10 de abril, y 3/2019, de 12 de marzo.
La Administración de la Generalitat de la Comunitat Valenciana, a través de sus
consellerías y organismos dependientes, tiene atribuidas competencias relacionadas con
las materias objeto de este Convenio y, entre ellas, las siguientes:
– La ejecución de la legislación laboral, la política de seguridad y salud laboral y las
competencias en materia de economía social.
– El fomento de la inserción profesional, la orientación laboral e intermediación en el
mercado de trabajo, la gestión, seguimiento y evaluación de las políticas activas de
empleo, la formación profesional ocupacional y continua y el fomento del empleo.
– El fomento empresarial y el apoyo a la creación de empresas.
– La gestión de las prestaciones establecidas en el Real Decreto Legislativo 1/2013,
de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de
derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión y reguladas por el Real
Decreto 383/1984, de 1 de febrero; y pensiones asistenciales reguladas por la
Ley 45/1960, de 21 de julio.
– El reconocimiento de la situación de dependencia y de la gestión de las
prestaciones y servicios que se establecen en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de
dependencia;
– El reconocimiento de la renta garantizada de ciudadanía.
– El diseño, la comprobación de datos para la concesión y/o justificación, la
contratación y concesión de subvenciones en el ámbito de sus competencias.
– La administración y gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social,
transferida a la Comunitat Valenciana por el Real Decreto 2013/1984, de 10 de octubre,
sobre valoración definitiva, ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados y
adaptación de los transferidos en fase preautonómica a la Comunidad Valenciana en
materia de sanidad.
– El análisis y la evaluación de las políticas públicas relacionadas con las materias
enumeradas.

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Núm. 126