II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2 y Grupo E. (BOE-A-2021-8823)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto de la Juventud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Jueves 27 de mayo de 2021

Undécima.

Sec. II.B. Pág. 64188

Destinos adjudicados.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo
caso deberá comunicarse por escrito al órgano convocante.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a funcionario en
situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la
posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado.
Los puestos relacionados en el anexo II solo se adjudicarán cuando resulten
vacantes como consecuencia de la provisión de los puestos relacionados en el anexo I, o
queden vacantes con anterioridad a la celebración de la correspondiente Comisión de
Valoración.
Duodécima.

Publicación de la resolución del concurso.

La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y a partir de la
misma empezarán a contarse los plazos establecidos para que los Ministerios y
Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.
Décimo tercera.

Recursos.

Contra la presente resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso‐administrativo en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción
Contencioso‐administrativa.

cve: BOE-A-2021-8823
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 18 de mayo de 2021.–El Subsecretario de Derechos Sociales y
Agenda 2030, Joseba Miren García Celada.