I. Disposiciones generales. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Recursos de inconstitucionalidad. (BOE-A-2021-8811)
Recurso de inconstitucionalidad n.º 2721-2021, contra los artículos 20.1.b) y 30.d) de la Ley de Cataluña 8/2020, de 30 de julio, de protección y ordenación del litoral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126
Jueves 27 de mayo de 2021
Sec. I. Pág. 64157
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
8811
Recurso de inconstitucionalidad n.º 2721-2021, contra los artículos 20.1.b) y
30.d) de la Ley de Cataluña 8/2020, de 30 de julio, de protección y
ordenación del litoral.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de mayo de 2021, ha
acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2721-2021,
promovido por el presidente del Gobierno, contra los artículos 20.1.b) y 30.d) de la Ley
de Cataluña 8/2020, de 30 de julio, de protección y ordenación del litoral. Y se hace
constar que por el presidente del Gobierno se ha invocado el art. 161.2 de la
Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos
impugnados desde la fecha de interposición del recurso –4 de mayo de 2021–, para las
partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín
Oficial del Estado» para los terceros.
cve: BOE-A-2021-8811
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 18 de mayo de 2021. El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 126
Jueves 27 de mayo de 2021
Sec. I. Pág. 64157
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
8811
Recurso de inconstitucionalidad n.º 2721-2021, contra los artículos 20.1.b) y
30.d) de la Ley de Cataluña 8/2020, de 30 de julio, de protección y
ordenación del litoral.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de mayo de 2021, ha
acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2721-2021,
promovido por el presidente del Gobierno, contra los artículos 20.1.b) y 30.d) de la Ley
de Cataluña 8/2020, de 30 de julio, de protección y ordenación del litoral. Y se hace
constar que por el presidente del Gobierno se ha invocado el art. 161.2 de la
Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos
impugnados desde la fecha de interposición del recurso –4 de mayo de 2021–, para las
partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín
Oficial del Estado» para los terceros.
cve: BOE-A-2021-8811
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 18 de mayo de 2021. El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.
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