IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-26609)
GANDÍA
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126
Jueves 27 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 34521
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
26609
GANDÍA
Doña María Victoria Luna Castro, Letrada de la Administracion de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Gandía,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 184/2021
en el que se ha dictado con fecha 3 de mayo de 2021 auto declarando en estado
de concurso a D.Yadir Oquendo Bueno y D.ª María Victoria Herrero Muñoz con
NIF 20944698R y NIF:20038724C, respectivamente, y mandando darle publicidad
con los siguientes datos:
Nig del procedimiento: 46131-42-1-2021-0001420
Tipo de concurso: Consecutivo. Se ordena la intervención por la administración
concursal de las facultades de administración y disposición de las personas
naturales en concurso.
Concursada: D. YADIR OQUENDO BUENO y Dª MARÍA VICTORIA
HERRERO MUÑOZ, ambos con domicilio en Daimús (46710 Valencia), Calle
Constitución, nº 32.
Administración concursal: MARTA CABAÑAS MARTÍNEZ, con domicilio en
Calle Salamanca, 39, bajo,Valencia, teléfono: 960653895/647987363, con correo
electrónico: martacabanas@icav.es.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por
medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85
de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en
conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o
remitirse a dicho domicilio.
También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La
comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del
acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de
adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se
invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que
afecte y, en su caso los datos registrales.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir
personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos
documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por
medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de
personarse.
Gandía, 14 de mayo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia,
María Victoria Luna Castro.
ID: A210034596-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-26609
Verificable en https://www.boe.es
También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la
administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o
convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya
optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de UN MES a contar desde la última de las publicaciones.
Núm. 126
Jueves 27 de mayo de 2021
Sec. IV. Pág. 34521
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
26609
GANDÍA
Doña María Victoria Luna Castro, Letrada de la Administracion de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Gandía,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 184/2021
en el que se ha dictado con fecha 3 de mayo de 2021 auto declarando en estado
de concurso a D.Yadir Oquendo Bueno y D.ª María Victoria Herrero Muñoz con
NIF 20944698R y NIF:20038724C, respectivamente, y mandando darle publicidad
con los siguientes datos:
Nig del procedimiento: 46131-42-1-2021-0001420
Tipo de concurso: Consecutivo. Se ordena la intervención por la administración
concursal de las facultades de administración y disposición de las personas
naturales en concurso.
Concursada: D. YADIR OQUENDO BUENO y Dª MARÍA VICTORIA
HERRERO MUÑOZ, ambos con domicilio en Daimús (46710 Valencia), Calle
Constitución, nº 32.
Administración concursal: MARTA CABAÑAS MARTÍNEZ, con domicilio en
Calle Salamanca, 39, bajo,Valencia, teléfono: 960653895/647987363, con correo
electrónico: martacabanas@icav.es.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por
medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85
de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en
conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o
remitirse a dicho domicilio.
También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La
comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del
acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de
adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se
invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que
afecte y, en su caso los datos registrales.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir
personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos
documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por
medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de
personarse.
Gandía, 14 de mayo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia,
María Victoria Luna Castro.
ID: A210034596-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-26609
Verificable en https://www.boe.es
También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la
administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o
convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya
optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de UN MES a contar desde la última de las publicaciones.