I. Disposiciones generales. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Cuestiones de inconstitucionalidad. (BOE-A-2021-8812)
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1939-2021, en relación con los apartados 2, 3, 4 y 5 de la disposición adicional trigésima de la Ley del Parlament de Catalunya 12/2009, de 10 de julio, de Educación, redactados por el art. 172.3 de la Ley del Parlament de Catalunya 5/2020, por posible vulneración de los arts. 9.3, 14, 24.1, 117, 142 y 149.1.6 CE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Jueves 27 de mayo de 2021

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I. DISPOSICIONES GENERALES

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
8812

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1939-2021, en relación con los apartados
2, 3, 4 y 5 de la disposición adicional trigésima de la Ley del Parlament de
Catalunya 12/2009, de 10 de julio, de Educación, redactados por el art. 172.3
de la Ley del Parlament de Catalunya 5/2020, por posible vulneración de los
arts. 9.3, 14, 24.1, 117, 142 y 149.1.6 CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de mayo de 2021, ha
acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1939-2021
planteada por la Sección 5.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña, en el recurso contencioso-administrativo
núm. 122-2018, en relación con los apartados 2, 3, 4 y 5 de la disposición adicional
trigésima de la Ley del Parlament de Catalunya 12/2009, de 10 de julio, de Educación,
redactados por el art. 172.3 de la Ley del Parlament de Catalunya 5/2020, por posible
vulneración de los arts. 9.3, 14, 24.1, 117, 142 y 149.1.6 CE, y, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente
cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el
recurso contencioso-administrativo núm. 122-2018, podrán personarse ante este Tribunal
dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín
Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-8812
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 18 de mayo de 2021.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X